BANCOS DE ALIMENTOS EN MANOS DEL GEM

 BANCOS DE ALIMENTOS EN MANOS DEL GEM

La expedición de la Ley para la Recuperación y Aprovechamiento de Alimentos del Estado de México dejó atrás varios aspectos de la propuesta original del Partido Verde Ecologista que buscaba la creación de 125 bancos municipales de alimentos y pone en manos de la Secretaría de Desarrollo Social la coordinación, aprovechamiento y la donación voluntaria.

En comisiones, los diputados acordaron aprobar la iniciativa de ley, sin entrar al detalle del documento que hasta hoy se conocen claramente en la Gaceta de Gobierno, con varios contrastes entre lo que se difundió y lo que entró en vigor.

En este caso ya no se puntualizan las sanciones por desperdicio de hasta 5 mil Unidades de Medida de Actualización, tampoco se detallan los incentivos fiscales ni se contempla como obligatoria la donación para centrales de abasto, mercados, tiendas de autoservicio hoteles, restaurantes e industrias como se enumeró en la propuesta original.

Ahora se establece la creación de un Comité para que los alimentos que no serán comercializados, utilizados o entregado directamente a Bancos de Alimentos o a las organizaciones civiles o comunitarias, puedan ser entregados a los municipios o localidades con un mayor índice de marginación.

Entre otras, contempla como responsabilidad de la Secretaría de Desarrollo Social:

  • Integrar el Comité con un representante del gobierno estatal, el titular o representante de la SEDESEM, un representante de los ayuntamientos con zonas de alta marginación, otro de la sociedad civil y de los establecimientos comerciales.
  • Regular la operación de los Bancos de Alimentos que existen en la entidad
  • Crear un padrón de posibles donantes
  • Fomentar una cultura de recuperación y donación de alimentos

UN AÑO PARA QUE SEA REALIDAD

A la Legislatura le toca asignar recursos para que esto se cumpla, recibir y analizar el informe de la recuperación y donación de alimentos, entre otros aspectos.

La nueva norma subraya que son atribuciones del Estado, el formular, aplicar y evaluar los mecanismos de coordinación para que las autoridades estatales y municipales promuevan la creación de Bancos de Alimentos, además de ser quien emite la regulación para que beneficiarios de asistencia social y personas vulnerables puedan acceder a los alimentos que sean descartados para su venta.

Los donatarios tendrán la obligación de entregar los alimentos en las instalaciones de los Bancos o donde les indiquen.

Queda prohibido el uso lucrativo de las donaciones y serán sancionadas las omisiones; el abuso, desvió, bloqueo, alteración o a quien violente la norma; así como a quien entregue cualquier tipo de alimentos no aptos para el consumo humano que pongan en riesgo la salud o la vida de los beneficiarios.

Los castigos serán aplicados por la administración pública estatal, con base en el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y podrán ser recurridas en los plazos legales.

Falta emitir un Reglamento de esta ley. El plazo es de 180 días naturales para el Ejecutivo y después de esto, otros 180 días para que la SEDESEM elabore las reglas de operación para cumplir con estas nuevas obligaciones, entre ellas, emitir la norma técnica sobre la regulación del tratamiento comercial en los establecimientos de autoservicios de los alimentos perecederos, enlatados y envasados. A efecto de recuperar aquellos que sean susceptibles de ser consumidos y aprovechados.

FOTO: ML

 

Claudia Hidalgo

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