Dependencias y Órganos

DEPENDENCIAS DEL CONGRESO
La Legislatura mexiquense se integra de siete dependencias:

Es encabezado por un auditor superior, quien dura en su encargo ocho años, con posibilidad de ser electo por otro periodo igual.
• Es la institución encargada de fiscalizar el gasto de los recursos públicos por parte de los tres poderes, municipios, órganos autónomos y organismos auxiliares que este 2015 manejan 211 mil 914 millones de pesos.
• Realiza auditorias para determinar cómo se aplica el presupuesto anual en todas las áreas, así como los recursos que envía la federación al Estado, a los municipios y los que a su vez entrega el gobierno estatal a los ayuntamientos.
• Analiza la evolución de la deudas públicas estatal y municipales que a marzo de este 2015 ascienden a 32 mil millones 920 mil pesos y a 6 mil 253 millones respectivamente, y hace recomendaciones.
• Revisa cómo se hacen las obras públicas, los contratos, plazos, precios, que existan documentos que sustenten todos los gastos y que se hayan hecho de acuerdo con la ley.
• Cada año recibe las cuentas públicas del Gobierno estatal y de los 125 municipios, es decir, un informe financiero sobre cómo aplicaron su presupuesto, la deuda que adquirieron, las obras que hicieron, su eficiencia recaudatoria, los programas que llevaron a cabo, las metas establecidas y su cumplimiento. En total fiscaliza 287 entidades municipales y a 87 estatales.
• Cada mes recibe informes financieros de los municipios que representan mil 500 reportes al año.
• Revisa que los salarios de todos los servidores públicos se ajusten a los catálogos de puestos, a los tabuladores y a las recomendaciones del consejo de valoración salarial.
• Cada año revisa que los municipios contraten fianzas que los respalden en caso de desfalcos por el uno por ciento de sus ingresos.
• En caso de detectar inconsistencias, hace observaciones resarcitorias, es decir, relacionadas con alguna posible irregularidad en el manejo del dinero y, si los servidores públicos no las aclaran, puede iniciar procedimientos, imponer multas, presentar denuncias penales y exigir que se restituya el daño.

• Se encarga de la atención jurídica del Poder Legislativo, conoce de todos los juicios, amparos o posibles impugnaciones promovidas contra la Legislatura o donde ésta se involucre para defender los intereses del congreso.
• El titular es un secretario nombrado por la Legislatura, a propuesta de la Junta de Coordinación Política, quien atiende y apoya en las funciones del proceso legislativo.
• Es el principal apoyo de los 75 legisladores para realizar las sesiones de pleno, que normalmente se efectúan una vez a la semana en los tres periodos ordinarios: del 5 de septiembre al 18 de diciembre; del primero de marzo al 30 de abril; y del 20 de julio al 15 de agosto; así como de la Diputación Permanente, que en periodos de receso sesiona al menos una vez al mes, y de las comisiones y comités, pues guía a los diputados en torno a los protocolos y a cómo desahogar las sesiones.
• Presenta para su firma resoluciones, la correspondencia del presidente y secretarios de la Legislatura y de la Diputación Permanente; remite las leyes, decretos o acuerdos para su promulgación y publicación.
• Atiende y controla los servicios de estenografía y/o taquigrafía, grabación, sonido, sistema electrónico de asistencia y votación y cualquier otro mecanismo técnico autorizado.
• Apoya en la elaboración de la Gaceta Parlamentaria y en el Diario de Debates donde deben quedar asentadas las intervenciones de los diputados en las sesiones y las iniciativas que se presentan.
• Administra y resguarda los registros electrónicos de asistencia y de votación de los 75 diputados.
• Lleva el control de todos los documentos que llegan al congreso local: expedientes, iniciativas, leyes, decretos y acuerdos y coadyuva a que sean traducidas al braille y a las lenguas originarias del Estado de México.
• También existe una Coordinación Jurídica es la encargada de planear las actividades que deba desarrollar la Legislatura, sus órganos de gobierno y de dirección, a fin de someterlos a la consideración del Secretario de Asuntos Parlamentarios.
• Elaborar y sustanciar los procedimientos administrativos que le instruyan la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de México, el reglamento y el Secretario de Asuntos Parlamentarios.
• Elaborar los recursos y promociones legales que requiera la Legislatura así como las contestaciones de demandas de amparo y cualesquiera que le instruya el Secretario de Asuntos Parlamentarios; Representar con el Secretario de Asuntos Parlamentarios a la Legislatura en los casos en que le sea otorgado poder bastante, para los fines en que éste sea expedido; Elaborar los proyectos de reglamentos internos de la Legislatura que sean necesarios; revisar los proyectos de iniciativa de ley y reglamentos, brindar asesoría y apoyo técnico a los órganos de gobierno y de dirección Además, coordina a los secretarios técnicos de las comisiones legislativas y de los comités, quienes se encargan de verificar y sugerir las alternativas y mecanismos apropiados para el buen desarrollo de las tareas legislativas de los diputados integrados en esos órganos.
• Los secretarios técnicos de las comisiones legislativas y de los comités brindan asesoría y apoyo técnico en las sesiones de las comisiones y comités a los diputados; elaboran proyectos legislativos que les instruyan las comisiones y los comités; informan al secretario de Asuntos Parlamentarios de los acuerdos en las sesiones de las comisiones o comités según corresponda; así como los proyectos legislativos o de estudio Preparan la documentación técnica de apoyo para la siguiente reunión, debiendo someterla a consideración previa del presidente de la comisión legislativa o del comité y llevan un control de los asuntos a cargo de la comisión o del comité.

• La Legislatura local cuenta con una Biblioteca Legislativa “Dr. José María Luis Mora”. El encargado de esa institución debe cuidar y conservar el archivo histórico, formar la colección de decretos y leyes que se publiquen en los Periódicos Oficiales de la Federación y del Estado.
• También debe traducir a las lenguas originarias del Estado de México y al braille para su consulta, las leyes y disposiciones expedidas por la Legislatura.
También debe llevar el control y registro de la obra editorial.
• En la entidad hay nueve códigos, 205 leyes y solo el Poder Legislativo cuenta con seis reglamentos.

• Esta dependencia se encarga de fiscalizar a los órganos y dependencias del congreso local. Vigila la actuación de todos los empleados del Poder Legislativo, incluidos los 75 diputados, pero también de los 125 ayuntamientos de la entidad: alcaldes, síndicos y regidores.
• Recibe cada año las manifestaciones de bienes y declaración de intereses de mil 50 servidores públicos, entre ellos: 75 diputados locales y los titulares de las diferentes dependencias.
• Realiza auditorías a todas las áreas, tiene tareas de vigilancia, control, evaluación e inspección para sancionar faltas administrativas y violaciones a la ley.
• El titular es un contralor nombrado por la asamblea, a propuesta de la Junta de Coordinación Política y depende jerárquicamente del presidente de ese órgano Recibe quejas y denuncias contra legisladores locales, servidores públicos de la Cámara de Diputados, alcaldes, síndicos y regidores por causas como: abuso de autoridad, nepotismo, violaciones a la ley, incumplimiento de funciones, inicia procedimientos administrativos y realiza investigaciones. En caso de encontrar responsabilidades, propone las sanciones a la Junta de Coordinación Política, integrada por los diferentes líderes parlamentarios y estos deciden si se aplican.
• Las sanciones son las establecidas en la Ley de Responsabilidades: amonestación, sanción económica, suspensión provisional, hasta inhabilitación para ocupar cargos públicos.
• Participa en los procesos de licitaciones para adquisiciones, arrendamientos, enajenaciones de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y contrataciones, verificando que se apeguen a la ley.
Vigila que se realicen y actualicen periódicamente el inventario de los bienes muebles e inmuebles asignados o propiedad del Poder Legislativo.
• Coordina y supervisa la entrega-recepción de la Presidencia de la Junta de Coordinación Política, así como de las dependencias del Poder Legislativo.

• Se encarga de la administración de la Legislatura. Su titular es un secretario, nombrado por la Legislatura a propuesta de la Junta de Coordinación Política.
• Planea, organiza, coordina y controla el desarrollo del personal y los recursos financieros y materiales con los que cuenta el Poder Legislativo que este año tiene un presupuesto de mil 535 millones 195 mil pesos.
• Del total del presupuesto, mil 79 millones 927 mil pesos se destinan a servicios personales; 72 millones 69 mil pesos a materiales y suministros; 293 millones 721 mil pesos a servicios generales; 81 millones 557 mil a ayudas, subsidios y transferencias y 7 millones 920 mil pesos a bienes muebles e inmuebles.
• Planea, organiza, coordina y controla el desarrollo del personal y los recursos financieros y materiales con los que cuenta el Poder Legislativo. El Secretario de Administración y Finanzas asumirá la representación y defensa jurídica del Poder Legislativo en los juicios laborales, con facultades para otorgar y revocar poderes.
• Se encarga de elaborar el presupuesto del congreso local y con la autorización del Poder Legislativo realiza transferencias y ampliaciones presupuestales Administrar la aplicación de los recursos y efectuar las comprobaciones, para efectos de la contabilidad pública e integrar la nómina de la Legislatura local Llevar el control de los bienes de la Legislatura local.

• La Dirección General de Comunicación Social se encarga de comunicar y de coordinar todo lo relacionado con las actividades como: conferencias, giras y todo tipo de eventos de los legisladores.
• Su titular es un director general, nombrado a propuesta de los diferentes grupos parlamentarios que integran la Legislatura, quien debe poseer conocimiento profesional en cualquier ramo de comunicación, o afín a sus funciones.
Entre sus atribuciones, destaca: organizar, coordinar y controlar el desarrollo del proceso de comunicación entre la Legislatura, los medios y la ciudadanía; definir y establecer objetivos, políticas y procedimientos en materia de comunicación, en coordinación con el comité de Comunicación Social.
• También debe administrar, en coordinación con la Secretaría de Administración y Finanzas, el presupuesto anual autorizado por el Comité de Comunicación Social para esa dependencia.
• Apoyar a todas las Dependencias del Poder Legislativo para la difusión de actividades legislativas, previo acuerdo del Comité de Comunicación Social; así como a la Junta de Coordinación Política en el acopio y difusión de información legislativa.
• Elaborar el proyecto de presupuesto anual de egresos de la Dirección General de Comunicación Social y el de cada grupo parlamentario, que no excederá del 50 por ciento del presupuesto total de esa dirección.

• El Instituto de Estudios Legislativos (INESLE) es un órgano administrativo del Poder Legislativo del Estado de México, encargado de la investigación y difusión de los temas relacionados con el estudio de la historia, funciones, actividad y prácticas parlamentarias de la entidad, coadyuvar en el perfeccionamiento de los instrumentos jurídicos legislativos.
• El Instituto también clasifica la información suministrada por el Congreso de la Unión y por Legislaturas estatales, realiza investigaciones sobre los temas que atañen al Estado de México.
• Su titular es un vocal, designado por el pleno de la Legislatura, a propuesta de la Junta de Coordinación Política, con la aprobación del Comité de Estudios Legislativos y debe tener título profesional y de preferencia estudios de posgrado y experiencia en la investigación.
• El INESLE se encarga de planear, diseñar, instrumentar, operar y evaluar programas de profesionalización, de investigación, presenta estudios académicos y de apoyo técnico.
• Además, fomenta la celebración y ejecución de convenios de colaboración, busca la modernización de los sistemas de archivo, consulta y resguardo de la información legislativa y diseña proyectos legislativos.
• Los investigadores que apoyen las tareas del instituto serán de planta o contrato por obra determinada; los primeros no podrán realizar investigaciones que duren más de dos años.

• Encargada de tramitar internamente la solicitud de información, tiene la responsabilidad de verificar en cada caso que la misma no sea confidencial o reservada.
• Entre sus funciones destacan: recabar, difundir y actualizar la información pública de oficio, entregar la información solicitada; auxiliar a los particulares en la elaboración de solicitudes y, en su caso, orientarlos sobre dónde les pueden proporcionar la información solicitada.
• Efectuar las notificaciones a los particulares, proponer procedimientos para hacer más eficiente la entrega de la información; llevar un registro de las solicitudes de acceso a la información, sus resultados y costos; proponer la clasificación de información; elaborar un catálogo de información o de expedientes clasificados.

ÓRGANOS DE LA LEGISLATURA LOCAL
La Legislatura está integrada por diversos órganos:

Este órgano está conformado por los coordinadores de los diferentes grupos parlamentarios y encabezado por la bancada que tiene el mayor número de diputados. Es el más importante, pues en su interior se deciden y consensuan los asuntos. A veces presenta iniciativas y determina los procedimientos a seguir en el trabajo legislativo.
La junta se integra en la segunda sesión del primer período ordinario de sesiones del ejercicio de la Legislatura con un presidente, dos vicepresidentes y un secretario, pues los demás integrantes fungen como vocales. Cada líder de bancada tiene la fuerza de los diputados que representa y la presidencia se puede renovar cada año si así lo decide la mayoría de los legisladores, o mantenerse los tres años de la Legislatura en un solo grupo parlamentario.
Entre sus atribuciones destacan: proponer a la Asamblea los integrantes de las comisiones y de los comités, la creación de nuevos órganos, proponer la designación y remoción de los titulares de las diferentes dependencias, las bases para elaborar y aplicar el presupuesto del poder Legislativo.
También se encarga de conocer y resolver sobre las responsabilidades administrativas en que incurran los miembros de la Legislatura, los servidores públicos de ese poder o los integrantes de los municipios mexiquenses; además puede solicitar comparecencias de funcionarios, propone el tabulador de remuneraciones de los empleados del congreso local.
La Junta se reunirá al menos una vez al mes, para que sus resoluciones sean válidas deberán estar por lo menos la mitad más uno de los coordinadores de los grupos parlamentarios, entre quienes deberá estar el presidente en turno.
Entre las funciones del presidente de la Junta están: conducir las relaciones con los otros poderes del Estado y la federación, con los gobiernos de los demás estados y los ayuntamientos; además de firmar convenios y administrar los recursos.

La mesa directiva es el órgano que conduce las sesiones de los periodos ordinarios y extraordinarios y está integrada por un presidente, dos vicepresidentes y tres secretarios. Los vicepresidentes suplirán en sus faltas al presidente y los secretarios a los vicepresidentes El presidente es electo para todo el período ordinario de sesiones; mientras los demás integrantes de la directiva se renuevan mensualmente. La elección se llevará a cabo por votación secreta. Esa directiva debe vigilar la buena marcha del trabajo legislativo, aplicando con imparcialidad las disposiciones de la ley y el reglamento.
Algunas funciones del presidente de la directiva son: velar por el respeto al fuero de los diputados y preservar la inviolabilidad del recinto legislativo; presidir las sesiones; declarar el quórum o la falta de éste; abrir, suspender, declarar recesos y levantar las sesiones; citar a sesión; integrar el orden del día, conducir debates y deliberaciones; acordar el trámite de los asuntos que se sometan a consideración de la Legislatura.
También debe someter a discusión los dictámenes que presenten las comisiones; conceder el uso de la palabra a diputados, al gobernador o a otras autoridades; requerir a los diputados que no falten a las sesiones, aplicar las sanciones que correspondan; exhortarlos a guardar orden, respeto y compostura durante el desarrollo de las sesiones; suspender la sesión pública y disponer su continuación; representar a ese poder en juicios laborales.
El secretario de la directiva tiene la obligación de pasar lista de asistencia; leer los asuntos del orden del día, las iniciativas; recabar y contar votos; informar de asistencias y faltas de los legisladores.

Es el órgano que encabeza los trabajos legislativos durante los periodos de receso del congreso, con la obligación de sesionar al menos dos veces al mes y se conforma a más tardar tres días antes de la clausura de los períodos ordinarios de sesiones. Es designado por votación de los legisladores e integrado por nueve miembros como propietarios (un presidente, un vicepresidente, un secretario y seis miembros más) y cinco suplentes.
Entre sus facultades y obligaciones destacan: convocar a períodos extraordinarios de sesiones; llamar a los suplentes en caso de inhabilidad o fallecimiento de los propietarios, o si se encuentran imposibilitados; tomar protesta de los servidores públicos cuando la Legislatura se encuentre en receso; resolver sobre renuncias, licencias o permisos; recibir el aviso del Ejecutivo de viajes al extranjero. También debe convocar a los presidentes de las comisiones legislativas correspondientes para la integración de la Comisión de Examen Previo, en los casos de juicio político y declaración de procedencia.

Son los órganos enfocados a temas específicos, encargados de analizar y dictaminar, a favor o en contra las iniciativas que se presenten a la Legislatura local. También buscan reuniones con funcionarios, hacen visitas a dependencias y solicitan información a las autoridades.
Las comisiones legislativas se integran cuando menos por nueve diputados y cada una tiene un presidente, un secretario y un prosecretario. Sus resoluciones se toman por mayoría de votos, y en caso de empate, quien presida tendrá voto de calidad.