QUIEREN COMBATIR OBESIDAD PERO NO HABRÁ DINERO HASTA EL 2017

 QUIEREN COMBATIR  OBESIDAD PERO NO HABRÁ DINERO HASTA EL 2017

La Ley para la Prevención, Tratamiento y Combate del Sobrepeso, Obesidad y Trastornos Alimentarios del Estado de México y sus Municipios, recién aprobada, busca abatir el sedentarismo y los malos hábitos alimenticios que en unos años podrían generar graves problemas y costos por atender enfermedades como: la diabetes, hipertensión, problemas del corazón.

Esa nueva norma busca prevenir, atender y combatir el sobrepeso, la obesidad y los trastornos alimentarios, aumentar la activación física no solo en las escuelas; sino también en los centros de trabajo, impulsar hábitos alimenticios y nutricionales correctos; generar estrategias, programas y políticas públicas para lograrlo, e incluso ofrecer estímulos, pero también sanciones.

De hecho, pretende crear programas que incluyan la ingesta de productos con una alimentación correcta, equilibrada y la disminución de alimentos excesivos en azúcares, harinas, grasas y sal, e involucrar a todas las autoridades estatales y a los 125 municipios; sin embargo, las autoridades tendrán recursos para aplicarla hasta el 2017, por lo cual su ejecución será gradual.

Uno de los órganos que se deberá crear es un Consejo para diseñar y coordinar estrategias y programas enfocados a atender la obesidad, el sobrepeso y los trastornos alimentarios, encabezado por el gobernador e integrado por secretarios, un diputado y ciudadanos: tres representantes del sector social, tres del privado y tres del académico.

El Consejo deberá aprobar el Programa Estatal y los Programas Municipales, diseñar y evaluar políticas, estrategias, acciones y mecanismos adicionales para atender esos problemas, impulsar la activación física.

Una de las disposiciones es que todas las dependencias, organismos y municipios establecerán rutinas de activación física en sus instalaciones, promoverán espacios deportivos y de recreación para que su personal acceda de manera gratuita; mientras los particulares fomentarán que dentro de sus instalaciones se destinen horarios para establecer rutinas de activación física.

Las dependencias tendrán facultades y obligaciones, entre ellas:

La Secretaría de Salud:

-Garantizar servicios de salud que prevengan, traten y combatan el sobrepeso, la obesidad y los trastornos alimentarios en el Estado de México y municipios.

-Promover hábitos alimenticios y nutricionales correctos.

-Impulsar la participación ciudadana en la prevención, tratamiento y combate del sobrepeso, obesidad y trastornos alimentarios en el Estado de México y municipios y difundir información sobre la prevención, tratamiento y combate de esas enfermedades

-Estimular trabajos científicos, investigación, desarrollo del conocimiento y divulgación sobre sobrepeso, obesidad y trastornos alimentarios en el Estado de México y municipios.

-Diseñar, instrumentar y llevar a cabo en coordinación con las secretarías de Educación, Desarrollo Social y Cultura, campañas de promoción sobre nutrición y alimentación sana; además de difundir en los centros de salud, hospitales, planteles escolares y espacios públicos las causas del sobrepeso, la obesidad y los trastornos alimentarios y las formas de prevenirlas y atenderlas.

-Proporcionar atención personalizada, interdisciplinaria e integral en el tratamiento del sobrepeso, la obesidad y los trastornos alimentarios, así como la canalización oportuna a la institución especializada correspondiente.

-Realizar estudios e investigaciones para conocer las condiciones de nutrición que prevalecen en la población, factores de riesgo y las causas de sobrepeso, la obesidad y los trastornos alimentarios, con el fin de realizar acciones oportunas que permitan su tratamiento y control.

-Supervisar las condiciones de higiene y seguridad en la preparación, expendio y distribución de alimentos y bebidas en los planteles educativos a través de la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de México (COPRISEM).

 

La Secretaría de Educación:

-Fomentar el consumo de comida saludable al interior de los planteles educativos del Estado de México y establecer la prohibición de distribuir, comercializar o fomentar el consumo de alimentos y bebidas, de acuerdo con las disposiciones jurídicas emitidas por la autoridad federal.

-Realizar campañas de difusión en los planteles educativos de todos los niveles del Estado de México en materia de prevención, tratamiento y combate de sobrepeso, obesidad y trastornos alimentarios.

-Incentivar la práctica del ejercicio y competencias deportivas

-Impulsar la creación de materiales educativos sobre hábitos de alimentación y actividad física saludables para alumnos, profesores, padres de familia, responsables de establecimientos de consumo escolar y demás personas involucradas en el centro escolar.

-Impulsar acciones obligatorias y permanentes de activación física al menos 30 minutos diarios en los centros escolares de educación básica.

-Impulsar la adecuación, modificación o construcción de instalaciones para la activación física y el deporte, al interior de los centros educativos de educación básica.

-Impartir cursos y talleres para las autoridades educativas, profesores y padres de familia en materia de nutrición, sobrepeso, obesidad y trastornos alimentarios para fomentar una cultura de autocuidado y fomento a la salud.

-Procurar la doble sesión semanal de clases de educación física en el nivel de educación básica y que sea un profesor licenciado en educación física, rehabilitación física y/o un activador físico entrenado y con certificaciones quien imparta la materia.

-Capacitar a los profesores de educación física en materia de educación para la salud, hábitos saludables de alimentación y actividad física, así como dotarlos de instrumentos de valoración y captura de información relacionada y del equipo necesario para el desarrollo correcto de las actividades.

-Generar evidencia científica que contribuya a la orientación de las acciones a realizar en las escuelas de educación básica.

-Colaborar en la asistencia clínica de los escolares de educación básica con

obesidad mórbida.

-Aplicar y vigilar el cumplimiento de las disposiciones federales sobre el expendio y distribución de alimentos y bebidas preparadas y procesadas para favorecer una dieta completa y equilibrada y que los alimentos preparados para al interior de los centros educativos de nivel básico cumplan con los requerimientos nutricionales de una dieta equilibrada e inocua.

-Generar una base de datos, desagregadas por grupos de edad, sexo y ubicación geográfica donde se registre la incidencia de trastornos alimentarios en la población, indicando peso, talla y masa corporal, con especial énfasis en escuelas de educación básica y la información se proporcionará a los padres de familia.

 

La Secretaría de Desarrollo Social:

-Realizar campañas de información a la población sobre la importancia de una alimentación adecuada, hábitos de vida saludable, beneficios de la activación física, valoración de la cultura de autocuidado de la imagen.

-Verificar que planes y programas de desarrollo social destinados a la alimentación y abasto social de productos básicos conduzcan al consumo de los mínimos nutrientes y estén encaminados a promover hábitos alimentarios

adecuados en los grupos más vulnerables.

-Crear una página de internet en la que se brinde información a jóvenes y adolescentes sobre los efectos adversos del sobrepeso, la obesidad y los trastornos alimentarios.

-Instrumentar acciones de participación de los sectores público, social y privado en las redes sociales para brindar información precisa, objetiva sobre eso problemas.

 

La Secretaría de Cultura:

-Fomentar actividades deportivas y recreativas para contrarrestar el sedentarismo

-Impulsar actividades artísticas y culturales en museos, teatros y demás espacios dirigidas a la población

 

El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México:

-Diseñar programas de ayuda alimentaria con calidad nutricia en comunidades de zonas de alta, muy alta marginación rurales y urbanas del Estado de México.

-Operar acciones en materia de asistencia alimentaria que contribuya a mejorar la nutrición familiar a través de talleres, cursos y pláticas

-Evaluar el impacto nutricional de los programas y acciones que lleva a cabo en materia de alimentación y nutrición familiar.

-Fomentar la cultura que permita adoptar una alimentación saludable y favorecer la adopción de una dieta correcta

 

Los municipios:

-Emitir su programa municipal, a través de su comité en materia de prevención, tratamiento y combate del sobrepeso, la obesidad y los trastornos alimentarios.

-Desarrollar acciones de difusión en instalaciones deportivas, recreativas y culturales.

-Fomentar actividades con el objeto de prevenir, tratar y combatir el sobrepeso, la obesidad y los trastornos alimentarios.

-Difundir y supervisar el cumplimiento del Programa Estatal

-Efectuar las adecuaciones necesarias para armonizar los Bandos Municipales a la presente Ley.

 

Además, se advierte la necesidad de establecer políticas públicas en materia de nutrición para prevenir riesgos, generar hábitos adecuados de alimentación, generar conciencia de la importancia de la actividad física, estimular el consumo de alimentos nutritivos; e incluso asegurar una oferta sostenible y competitiva de los alimentos de la región en las unidades comerciales y en las escuelas.

También se pretende atender a la población vulnerable en las zonas rurales y urbanas, impulsar la importancia y protección de la unidad familiar, eliminar cualquier forma de discriminación y exclusión de los menores con prevalencia

de padecimientos alimentarios y sus consecuencias.

La Ley prevé un programa estatal como instrumento principal de acción gubernamental, a fin de fijar medidas para fomentar la adopción de una correcta alimentación para la población.

Todas las dependencias tendrán la obligación de emitir un informe trimestral al Consejo estatal sobre las acciones realizadas; el Consejo evaluará los resultados y remitirá un informe trimestral a la Legislatura local; mientras en cada uno de los municipios habrá un comité para atender esos problemas de obesidad, sobrepeso y trastornos alimenticios y deberán diseñar un programa.

Las autoridades estatales y municipales entregarán reconocimientos y estímulos a las escuelas de nivel básico, profesores y alumnos que obtengan mejores resultados en la detección, prevención, tratamiento y combate al

sobrepeso, la obesidad y los trastornos alimentarios y a los grupos de habitantes, padres de familia, organizaciones de la sociedad civil, integrantes de los sectores público y privado, que logren disminuir los índices de sobrepeso, obesidad y trastornos alimentarios.

Las sanciones por incumplimiento serán conforme a la Ley de Responsabilidades.

 

EN JUNIO EL REGLAMENTO Y EN ABRIL EL CONSEJO

El Ejecutivo tiene 180 días hábiles para expedir el reglamento de la ley.

Las dependencias, órganos desconcentrados y organismos auxiliares de la administración pública estatal deberán adecuar sus ordenamientos internos en no más de 90 días hábiles siguientes al decreto publicado el 17 de febrero.

El Consejo Estatal para la Prevención, Tratamiento y Combate del Sobrepeso, Obesidad y Trastornos Alimentarios del Estado de México y sus Municipios, deberá instalarse dentro de los 60 días hábiles siguientes a la entrada en vigor del decreto y deberá expedir su reglamento 90 días después de su instalación.

Tanto la Secretaría de Salud, como los municipios tendrán 90 días hábiles para emitir el Programa Estatal, en el caso de la secretaría, y municipal, para los ayuntamientos y estos deberán de expedir su reglamentación interna en un plazo de 120 días hábiles siguientes a la entrada en vigor del decreto.

Sin embargo, la Legislatura del Estado de México, proveerá los recursos necesarios hasta el presupuesto del año 2017.

 

Claudia Hidalgo

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