LEY PARA DISCAPACITADOS EN EL OLVIDO

 LEY PARA DISCAPACITADOS EN EL OLVIDO

Foto: Luis Enrique Hernández

Uno los grandes olvidos legislativos en el Estado de México es la Ley para la Protección, Integración y Desarrollo de las Personas con Discapacidad de la entidad, aprobada en agosto de 2012 para atender a 4.5 por ciento de la población mexiquense con una o más deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales.

Esta norma obliga a garantizar el libre acceso, el desplazamiento en los espacios públicos y privados, a ofrecer protección social, empleos, educación especial, a respetar sus derechos y los espacios exclusivos para quienes tienen  alguna discapacidad; por lo cual, todos los edificios públicos, incluidas las escuelas deberían tener rampas y estar adaptados para garantizar su movilidad.

Los diputados de esa Legislatura y el Ejecutivo -quien propuso la iniciativa- reconocieron problemas de marginación y discriminación por lo cual era necesario impulsar la equidad y reconocimiento a sus derechos, con apoyos y beneficios reconocidos legalmente para mejorar su calidad de vida, bienestar emocional, material y físico.

Para garantizar su cumplimiento los diputados locales en esa ocasión dieron dos años y medio para que las instancias municipales y estatales, públicas y privadas fueran acatando sus indicaciones. El objetivo era que desde el 2015 se aplicaran todas las disposiciones; sin embargo, a la fecha prácticamente todos han olvidado la ley y nadie ha acatado todas sus obligaciones, vulnerando los derechos de todo este sector de la población.

Un claro ejemplo es que un gran número de edificios públicos no tienen rampas, ni elevador para garantizar el desplazamiento de personas en sillas de ruedas, no hay letreros en braille, se ofertan pocos empleos, y tampoco se ha trabajado en impulsar una cultura de respeto a los derechos de esas personas; mucha gente no respeta ni los espacios de estacionamiento.

Aunque las estadísticas disponibles difieren, pues a nivel nacional la Organización Mundial de la Salud refiere que 14 por ciento de los habitantes, es decir 16.5 millones habitantes tiene alguna discapacidad, el INEGI sólo contabiliza, al 2010, a 5.7 millones, de los cuales 51.4 por ciento son adultos mayores que tienen más de una carencia; no cabe duda que es un sector de la población olvidado, donde las mejoras al marco legal no han servido hasta el momento.

La ley sin duda es buena, pero hasta ahora se ha quedado en el papel, aun cuando es una obligación de las autoridades garantizar su cumplimiento.

 

DERECHOS EN LA LEY

OBLIGACIONES PENDIENTES

– Fomentar medidas para asegurarles servicios de salud y asistencia social.

 

1.- Crear el Instituto Mexiquense para la Protección e Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad que tiene como objeto diseñar, coordinar y evaluar el Programa, difundir los derechos de este sector, garantizar la igualdad de oportunidades, proponer acciones de mejora, impulsar iniciativas, conocer de actos de discriminación en contra de personas con discapacidad, entre otros.

 

– Educación inclusiva, de calidad y gratuita, con equipo, infraestructura y material especial para discapacitados, intérpretes de lengua de señas; becas; bibliotecas adaptadas, entre otros.

2.- El Ejecutivo debe nombrar a un director general del Instituto que tenga experiencia y especialidad académica en materia de discapacidad.

 

-Trabajo, orientación y rehabilitación ocupacional con bolsa de trabajo y becas de empleo.

 

3.-Conformaar un Consejo Consultivo que servirá para asesorar al Instituto y será de participación ciudadana, plural y honorífico; integrado por consulta pública, regulada por el Estatuto Orgánico. Estará integrado por un representante de la Codhem, cinco representantes de organizaciones y cinco expertos que durará n tres años en el cargo, con posibilidad de ser ratificados por otro periodo igual.

 

-Desarrollo Social  con albergues para personas con discapacidad en situación de pobreza, abandono o marginación.

 

4.- Instalar la Junta de Gobierno que será presidida por el secretario de Salud, un secretario técnico, que será el director general; un comisario que será el secretario de la Contraloría y ocho vocales que serán representantes de las secretarías de Finanzas, Trabajo, Educación, Desarrollo Social, Desarrollo Urbano, Transporte, así como de la Procuraduría, el DIF y la Codhem.

 

-Movilidad, tránsito y Transporte que incluye semáforos sonoros, banquetas de huella táctil y placas en escritura braille con el nombre de las calles a una altura accesible.

 

5.- Integrar un Plan de trabajo anual que debe publicarse en la Gaceta de Gobierno durante los primeros 15 días del año.

 

-Facilidades arquitectónicas, urbanísticas y de vivienda.

 

6.- Contar con un Registro Estatal de Discapacidad y actualizarlo.

 

-Deporte, recreación, cultura y turismo; con entrenadores y promotores públicos especiales, becas deportivas, infraestructura deportiva adecuada y un Programa Estatal de Deporte Paralímpico y su presupuesto.

 

7.- Esta ley debe ser transcrita en braille y entregada a bibliotecas pública y quien la solicite.

 

-Acceso a la justicia con peritos especializados, intérpretes y documentos en braille.

 

8.- Disponer de recursos financieros, materiales y humanos para el cumplimiento de la ley y la instauración del Instituto.

-Libertad de expresión, opinión y acceso a la información.

 

 

-Trasmisión de programas en el Sistema de Radio y Televisión Mexiquense con intérpretes de lengua de señas y subtítulos.

 

 

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Infografía: Ignacio Hernández

Claudia Hidalgo

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