EL ABC DE LAS FALTAS MUNICIPALES

 EL ABC DE LAS FALTAS MUNICIPALES

FOTO: ML

INFOGRAFÍA: IGNACIO HERNÁNDEZ

Durante el trienio 2016-2018, los ayuntamientos acumularon más de 4 mil 800 expedientes en su contra en la Contraloría del Poder Legislativo, tanto por investigaciones como por programas preventivos que representaron un promedio diario de cuatro posibles faltas al orden legal.

En las estadísticas de los tres últimos informes de la Contraloría se observa un crecimiento en el número de expedientes cada año. En 2016, cuando empezó el trienio, fueron mil 197 casos, en 2017 llegaron a mil 506 y a 2 mil 113 en su último año de gestión.

Las razones tienen que ver con el incumplimiento de sus obligaciones, que el titular de la Contraloría, Victorino Barrios Dávalos, resume en una actuación con transparencia, prudencia y legalidad, donde tengan claro que son servidores públicos, no “jeques ni virreyes”.

Entre las responsabilidades que tienen, la Ley Orgánica Municipal les mandata sesionar al menos una vez cada ocho días o cuantas veces sea necesario en asuntos de urgente resolución, con sesiones públicas que deben transmitirse a través de la página de internet del municipio.

Asimismo, los ayuntamientos deberán sesionar en cabildo abierto cuando menos bimestralmente y los habitantes participarán directamente con derecho a voz, pero sin voto, con una convocatoria lanzada públicamente con al menos 15 días de anticipación.

Entre otras cosas, necesitan la autorización de la Legislatura para enajenar bienes inmuebles, cambiar categorías políticas a las localidades, contratar créditos cuando rebasen el término de la gestión y deben tener claro que son servidores públicos sujetos a la Ley de Responsabilidades, pues no tienen fuero ni inmunidad.

Los plazos fatales que tienen al inicio de cada administración es de 180 días para denunciar fallas en la entrega-recepción, antes del 30 de abril de cada año necesitan presentar su Cuenta Pública del ejercicio fiscal inmediato anterior y cada 30 días un informe mensual detallado al Órgano Superior de Fiscalización.

Las fechas más cercanas son el 5 de febrero de cada año, que deben emitir el Bando de Policía y Buen Gobierno y a más tardar el 25 de febrero informar al OSFEM el Presupuesto de Egresos Municipal definitivo para ese año.

Para no ser señalados ni sancionados tienen que cuidar cumplir un decálogo, donde lo más simple y sencillo es contestar todo oficio, petición o solicitud que le hagan por escrito, pero al final resulta que es una de las principales causas de castigo, por minimizar al ciudadano y no darse tiempo para responder.

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Claudia Hidalgo

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