Ponderación de derechos (juzgar con el clima de la época)

 Ponderación de derechos  (juzgar con el clima de la época)

¨La ponderación no es más que la optimización relativa  a principios contrapuestos (…) Cuanto mayor sea el grado de insatisfacción o de detrimento de un derecho o de un principio, mayor debe ser la importancia de satisfacer al otro¨. Robert Alexy, “Teoría de los derechos fundamentales”

Hoy en día es muy común que al revisar un periódico, ver los noticieros por televisión o escucharlos por radio, nos enteramos de asesinatos, pero también es cada vez más común saber que varias de esas personas asesinadas pertenecen a Instituciones de Seguridad como son los Policías o los Ministerios Públicos, las caras visibles de la seguridad pública.

Datos de la organización “Causa en Común”, de enero a agosto de 2022, señalan que se han asesinado a 302 policías, en 172 eventos violentos registrados por los medios de comunicación.  De estos 179 son policías municipales,  110 estatales y 13 federales. En el Estado de México se han asesinado a 18 policías, es decir el 6.02% del total registrado a nivel nacional. De los municipales asesinados 18 son de tránsito y 161 de seguridad. En cuanto a las corporaciones estatales 78 eran de seguridad, 6 del sistema penitenciario y 25 ministeriales. Respecto a la federación 12 eran guardias. Los estados con más policías asesinados son: Guanajuato y Zacatecas, con 38 casos cada uno.

Causa en Común señala  que los estados donde se registraron más noticias de atrocidades fueron Baja California, con al menos 343; seguido por Guanajuato, con 301; Michoacán, con 286; Morelos, con 215; y Estado de México, con al menos 163. Los datos nos demuestran lo mal que estamos como sociedad y como la nota roja es cada día más difundida.

La importancia de escribir sobre este tema radica en la probabilidad de que algunos de los asesinatos del personal de seguridad se haya dado porque los grupos delictivos tuvieron acceso a datos personales de las y los servidores de seguridad, como son: nombre, domicilio u horarios de trabajo; incluso el estado de fuerza con la que cuenta la demarcación geográfica. Esto, obtenido en ocasiones por solicitudes de información. Sin embargo, ante este tipo de casos vale la pena detenerse un momento a preguntarse antes de decidir si se da o no la información, ¿Quién la pide? ¿Cuál es utilidad que le darán a esos datos? ¿Con qué fin la quiere? ¿Qué gana la sociedad con esa información?

En este tipo de casos donde está en juego la vida del personal sustantivo de las instituciones de seguridad y de toda la sociedad, creo que es válido negar cierta información de dicho personal tal y como la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la Controversia Constitucional 325/2019 entre la FGR y el INAI, donde la Corte argumentó el peligro que se puede generar al dar información personal de los integrantes de las instituciones de seguridad.

La reforma constitucional en materia de derechos humanos del 10 de Junio de 2011, constituyen un cambio en el modo de entender las relaciones entre las autoridades y la sociedad, ya que su prioridad es la de colocar a la persona como el fin de todas las acciones y políticas públicas. Hablar del principio “pro homine”, implica hablar de la interpretación jurídica, la cual siempre debe buscar el mayor beneficio para el ser humano, es decir, que se debe acudir a la norma más amplia o a la interpretación extensiva cuando se trata de derechos protegidos y aquí el mayor beneficio no es el Derecho y Acceso a la Información, sino el Derecho a la Vida.

Recordemos que la función de las y los jueces, así como de quienes integran los órganos garantes en una sociedad democrática ha evolucionada a la par del sistema político democrático, generando nuevos contenidos. El estado de derecho moderno es el estado constitucional, donde el juzgador cobra un papel relevante, porque interviene en el proceso de producción de la norma al resolver el caso concreto, interpretándola con discrecionalidad e independencia, para brindar soluciones razonables y justas. Recordemos a Ruth Joan Bader Ginsburg, jueza de la Corte Suprema de los Estados Unidos o Tribunal Supremo, quien se destacó por su trabajo en la lucha por la igualdad de género, ella decía que “Los Jueces no deben resolver basándose en el clima del día, sino deben resolver basándose en el clima de la época”.

Hoy la interpretación del Derecho no solo es gramatical, necesitamos tener las miras más altas con argumentos sólidos que reflejen los tiempos que vivimos.

 

José Antonio Licea Cadena

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