Los nuevos poderes judiciales

 Los nuevos poderes judiciales

El pasado primero de septiembre, tomaron protesta las personas juzgadoras que resultaron electas en la elección de julio, con lo que inicia la décimo segunda época de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y una etapa de renovación profunda del Poder Judicial.

Este hecho, de por si de enorme relevancia, se encuentra cargado de altísimas expectativas.

En primer lugar, romper el modelo de cooptación institucional promovido por el régimen de la “transacción institucionalizada” a través de dos componentes esenciales: la entrega de cuantiosos recursos cuyo destino se definía sin límite alguno, incluso en contra de disposiciones expresamente señaladas en la Constitución desde 2006, y un régimen generalizado de impunidad que propició el nepotismo sofisticado, un clima laboral de agresiones y acoso sexual, el tráfico de influencias y un modelo de ascensos y asignaciones dirigidas autoritariamente.

En segundo término, sustituir los altísimos márgenes de discrecionalidad con los que han procedido los operadores judiciales y que, gracias al libérrimo ejercicio de la interpretación sin control, ya sea a través de la aplicación literal y aislada de las normas o bajo la embriaguez del método de ponderación, que ni siquiera se ha entendido bien y a cuyo concepto se recurre muchas veces como mantra justificador, pero no como la adecuada aplicación de una metodología argumentativa adecuada para hacer entendible las decisiones, todo lo cual tuvo gravísimo efectos en la garantía del derecho de acceso a la justicia imparcial, independiente y, sobre todo, íntegra.

En tercer término, modificar el contubernio existente, especialmente de los jueces y magistrados del fuero común y de la materia penal, con las antiguas procuradurías y hoy fiscalías. Durante años, el mejor resultado que se podía presumir en cualquier informe estatal era el altísimo porcentaje de sentencias condenatorias obtenidas en función del número de las causas radicadas. Aún con el cambio del sistema penal inquisitorio al sistema adversarial, los sistemas de investigación de delitos y administración de justicia siguen imponiendo el peso del sistema a sectores vulnerables y personas en condiciones de precariedad, en lugar de centrarse en la adecuada investigación y sanción de las personas realmente responsables de la comisión de delitos. Finalmente es más fácil condenar a una persona pobre que no puede allegarse de una defensa adecuada que a una persona responsable de la comisión de hechos delictivos y con poder económico, social y político para resistir el proceso.

En cuarto término, la justicia tardada no es justicia y eso es lo que comúnmente pasa en los aparatos judiciales, y aquella aspiración de entender a la justicia como el arte de dar a cada cual lo que le corresponde, es una aspiración incumplida. La corrupción de los Poderes Judiciales tiene mil veredas y corroe al sistema por completo. Lo mismo en la tardanza de actuación que sólo se resuelve a través del “impulso judicial”, la operación de secretarios y proyectistas que son los encargados de “orientar” sobre los criterios a emplear para tener éxito y las decisiones que suspendían efectos o dejaban libres a personas vinculadas a proceso por delitos especialmente graves y cuya participación era indudable, así como las complejas redes de intereses que, en realidad, han integrado bandas de delincuencia organizada en los sistemas judiciales y que, en los casos de despojo, han actuado con excesiva impunidad.

Estas son solo algunas de las grandes tareas que tendrán por delante los nuevos Poderes Judiciales, en los que es posible identificar a personas destacadas en la lucha social, política y jurídica de nuestro país, de solvencia moral y valores éticos evidentes, pero no podemos ser ingenuos, el proceso también permitió que hoy tengamos magistrados federales en materia administrativa que en derecho administrativo quedaron muy lejos del nueve de calificación requerido por la Constitución (si un candidato mintió deliberadamente para poder registrarse, imaginemos lo que hará en el cargo) o Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial que, como en el estado de México, cuentan con  una trayectoria al servicio de intereses autoritarios y corruptos y que, por lo tanto, en este nuevo cargo habrá que observar y vigilar en su desempeño para evitar que, desde ese espacio, pretendan influir indebidamente en los criterios de las personas juzgadoras.

Como bien decía el ilustre Daniel Cossío Villegas, no, la democracia no es un gobierno de ángeles, pero es el sistema político en el que mejor se ejercen las libertades.

Bienvenida la nueva integración de los Poderes Judiciales y, al mismo tiempo, redoblemos los esfuerzos para que la rendición de cuentas y el combate a la corrupción sean una realidad más cercana al desempeño de los operadores judiciales.

José Guadalupe Luna Hernández

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Related post

error: Marcaje Legislativo - Derechos Reservados 2019