Castigarán “huachicoleo de agua” con ocho años de prisión

 Castigarán “huachicoleo de agua” con ocho años de prisión

*Foto: Marcaje Legislativo

El robo y sustracción de agua potable de la infraestructura hidráulica, conocido como “huachicoleo del agua” será sancionado hasta con ocho años de prisión en el Estado de México.

El Congreso local aprobó reformas al Código Penal del Estado de México, impulsadas por Morena, las cuales fueron aprobadas por unanimidad y las y los diputados denunciaron que esa práctica ilícita solo en Ecatepec genera ganancias anuales por mil millones de pesos. 

La propuesta de las y los legisladores locales de Ecatepec, Elba Aldana, Azucena Cisneros, Luz María Hernández, Daniel Sibaja y Faustino de la Cruz buscan frenar el robo y sustracción de agua potable, que se registra principalmente en Ecatepec y en otros municipios del Valle de México. 

Daniel Sibaja, agradeció el respaldo de los grupos parlamentarios para enriquecer la iniciativa, y encontrar soluciones a los problemas de los mexiquenses, pues aseguró que algunas familias llevan más de cinco años sin una gota de agua en sus domicilios, mientras grupos delictivos roban el vital líquido de la red hidráulica. 

“Desde esta tribuna se ha insistido en la necesidad de estar a la altura de las exigencias del pueblo mexiquense, dejar de lado las ambiciones personales y el exceso de burocracia para atender los problemas de la gente, y esta es una medida real para transformar la vida de los mexiquenses”, sostuvo.

Con las reformas se castiga el robo del vital líquido en la entidad, y se establecen penas de dos a seis años de prisión y de 50 a 200 unidades de medida y actualización a quien con la finalidad de obtener un beneficio económico distribuya o suministre agua potable, a través de pipa u otro medio de almacenamiento, sin contar con el permiso de distribución o la evaluación, expedidos por la autoridad competente.

Además, a quien distribuya agua potable a través de pipa, y la extraiga u obtenga de una fuente de abastecimiento diversa a la autorizada, se le impondrá de uno a tres años de prisión y de 25 a 100 unidades de medida y actualización; mientras a quien altere, impida o restrinja el flujo de agua, se le impondrá de dos a seis años de prisión 

Sibaja afirmó que las reformas cuidan la presunción de inocencia, para evitar que gente inocente sea llevada a las cárceles y recibieron observaciones de asociaciones civiles y asesoría de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México.

Si la persona que disponga, supervise, controle, maneje, o por su encargo o comisión pueda abastecer o facilitar la sustracción de agua potable de la infraestructura hidráulica estatal, sea servidora pública, además de las penas señaladas, se le incrementará en una mitad.

En las reformas aprobadas se equipara el delito de sustracción o apropiación de agua potable: el comercializar o explotar agua potable sustraída o apropiada; almacenar, ocultar, poseer o resguardar agua potable sustraída o apropiada para su uso o consumo en cualquier modalidad.

Las penas irán de uno hasta ocho años de prisión, y de 100 a 400 unidades de medida y actualización, de acuerdo a la cantidad extraída o almacenada de manera ilegal.

Al propietario, arrendatario, poseedor, detentador de un predio donde exista una toma que sustraiga o se apropie del agua potable de la infraestructura hidráulica, se le impondrá de dos a cuatro años de prisión y de 150 a 300 unidades de medida y actualización. 

 

Marcaje Legislativo

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