MULTAS Y RETENCIÓN DEL VEHÍCULO POR VIOLAR EL HOY NO CIRCULA

 MULTAS Y RETENCIÓN DEL VEHÍCULO POR VIOLAR EL HOY NO CIRCULA

FOTO: IGNACIO HERNÁNDEZ

A partir de este 23 de abril entra en vigor el programa Hoy No Circula en 22 municipios del Valle de Toluca y Santiago con el fin de reducir la movilidad y frenar el crecimiento de contagios de covid-19 en la entidad.

Quienes violenten este programa serán acreedores a una multa de 20 Unidades de Medida de Actualización (UMA), es decir mil 737 pesos y la retención del vehículo a cargo de la policía municipal y, o estatal que se encargarán de hacer operativos para evitar infracciones.

El objetivo es reforzar las medidas de aislamiento y disminución de la movilidad en toda la entidad para aminorar el crecimiento de casos que podría colapsar el sistema de salud mexiquense el 9 de mayo, si no se respeta la recomendación de quedarse en casa.

La restricción vehicular es de carácter complementario, temporal y emergente por las condiciones sanitarias que prevalecen en la entidad, la cual es la segunda con más contagios, al tener más de mil casos positivos y 71 defunciones.

Además de los 59 municipios del Valle de México donde el programa opera de manera cotidiana, se contemplan 22 del Valle de Toluca y Santiago Tianguistenco: Almoloya de Juárez, Almoloya del Rio, Atizapán, Calimaya, Capulhuac, Chapultepec, Lerma, Metepec, Mexicaltzingo, Ocoyoacac, Otzolotepec, Rayón, San Antonio la isla, San Mateo Atenco, Temoya, Tenango del Aire, Texcalyacac, Tianguistenco, Toluca, Xalatlaco, Xonacatlán y Zinacantepec.

Los vehículos estarán sujetos a la restricción vehicular entre las 05:00 a las 22:00 horas, de acuerdo con el último dígito numérico de su matrícula y al color de su engomado, sin importar que porten holograma cero, doble cero, uno o dos.

Quedan exentos de este programa las unidades del transporte público y privado de pasajeros, los destinados a servicios de emergencia, médicos, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil y servicios urbanos; además de los de servicios funerarios, los que transporten a personas con discapacidad, para atención médica de emergencia.

También quedan fuera del programa las unidades de uso particular para trasladar personal médico, lo cual se debe mostrar con una credencial, cédula o un tarjetón que se podrá tramitar en esta página https://sma.edomex.gob.mx, las motocicletas, los vehículos dedicados al abasto y actividades esenciales o sanitarias o vehículos dedicados a atender emergencias.

Los vehículos de otras entidades están obligados a atender esta medida cuando estén en los municipios donde opera el Hoy No Circula.

CUBREBOCAS OBLIGATORIO

Aunado  esto la población debe seguir diversas medidas de protección, como es el uso de cubrebocas cuando transite en la calle y a bordo de las unidades de transporte público. Sólo puede salir a adquirir productos esenciales una persona por familia.

Se insiste en el uso del gel antibacterial y el lavado constante de manos y se recuerda a la población que el transporte público masivo operará al 50 por ciento de su capacidad para lograr que los usuarios puedan guardar una sana distancia.

En esta fase se ordena la suspensión temporal y de manera inmediata de todas las actividades no esenciales, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV2 en la comunidad, por lo cual sólo podrán operar negocios vinculados con la rama médica, el sector salud, quienes participan en el abasto, servicios y proveeduría de medicamentos y equipo, además de limpieza y desinfección.

También pueden seguir los vinculados con la seguridad pública y procuración de justicia, servicios funerarios, notarias, casas de empeño, recaudación tributaria, tesorerías, gasolineras y gas, generación y distribución de agua potable, industria y alimentos, lavanderías, transporte de carga, servicio mecánico, venta de alimentos para animales.

Quienes venden alimentos preparados y bebidas sólo para llevar o entrega a domicilio, alimentos en mercados, centrales de abasto, supermercados, tiendas de auto servicio, abarrotes, misceláneas, recauderías, carnicerías, pollerías, cremerías, panaderías, tortillerías y similares.

Los de servicio agrícola, ferreterías, tlapalerías y casas de materiales, mensajería, centros de asistencia social, refugios, medios de información, servicios privados de emergencia, cadena de frío de insumos esenciales, servicios de limpieza, logística, los programas de gobierno, mantenimiento de la infraestructura.

Los centros y plazas comerciales deben limitar el acceso a sus instalaciones y el aforo no podrá ser mayor al 15 por ciento, tampoco en los servicios de hospedaje.

Claudia Hidalgo

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Related post

error: Marcaje Legislativo - Derechos Reservados 2019