Edomex debe ajustarse al Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias

 Edomex debe ajustarse al Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias

Los poderes Legislativo y Judicial del Estado de México tienen un plazo de hasta 120 días hábiles a partir del inicio de la creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias para armonizar el marco normativo y aportar datos de quienes tienen pendientes el cumplimiento de esta obligación.

De acuerdo con el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de pensiones alimenticias, el cual se publicó en el Diario Oficial de la Federación y entra en vigor este 9 de mayo, todas las entidades del país están obligadas ajustarse a esta norma nacional lo antes posible.

Sólo falta que en un plazo de 90 días naturales la autoridad encargada del Registro Nacional establezca el formato, tiempo, modo y lugar para que las autoridades locales obligadas cumplan con las obligaciones establecidas en este decreto.

El objetivo

La creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias tiene como objetivo concentrar la información de deudores y acreedores de obligaciones alimentarias, con la finalidad de dar efectiva protección y restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

Para ello los Tribunales de las diferentes entidades federativas están obligados a suministrar, intercambiar, sistematizar, consultar, analizar y actualizar la información que se genere sobre el incumplimiento de las obligaciones alimentarias de sus competencias, en cada una de las entidades.

No podrán hacer trámites

Esto con el fin difundir los datos de los deudores o morosos en el Registro Nacional y cualquier persona pueda consultarlo y utilizar los confines estadísticos o de análisis.

El Registro contará con el nombre, apellidos, CURP, RFC del deudor alimentario, así como el órgano jurisdiccional que ordenó la inscripción, plazo de pago de los alimentos definitivos y datos del expediente o causa jurisdiccional de la cual deriva la inscripción.

La norma establece que el Registro Nacional podrá emitir certificados de no inscripción a petición de la parte interesada. Esto se podrá llevar a cabo en línea de forma gratuita.

La medida quedó amarrada con el trámite para la obtención de licencias y permisos para conducir; obtención de pasaporte o documento de identidad y viaje; para participar como aspirante a cargos de jueces magistrados o en el ámbito local o federal; para ser candidatos a cargos concejales y de elección popular; así como los que se realicen ante notario público relativos a la compra venta de bienes inmuebles o la constitución de o transmisión de derechos reales y en las solicitudes de matrimonio.

No podrán salir del país

Las autoridades federales competentes instrumentarán las medidas de restricción migratoria que establezcan que ninguna persona inscrita en este Registro podrá salir del país cuando sea deudor alimentario o moroso, cuándo existan medios de prueba que permitan al juez determinar la existencia de un riesgo importante de que la salida del país sea utilizada como un medio de evasión del pago.

El impedimento deberá ser solicitada por el acreedor o por quienes tienen la guardia y custodia o juez correspondiente, quién podrá autorizar la salida si se garantiza el pago de por lo menos la mitad del adeudo, se tenga por el pago de alimentos y un depósito que corresponda al pago adelantado desde 90 hasta 375 días de pensión.

La pensión es para atender la alimentación y nutrición, vestido, habitación, recreación, atención médica y psicológica preventiva integrada a la salud, asistencia médica hospitalaria y en su caso los gastos de embarazo y parto.

Además de los gastos derivados de la educación y la formación para proporcionar a los menores un oficio arte o profesión adecuados a sus circunstancias personales y con relación a los menores con algún tipo de discapacidad o declarados en estado de interdicción lo necesario para lograr en lo posible su habilitación o rehabilitación y su desarrollo.

Aquí se puede consultar el decreto https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5687925&fecha=08/05/2023#gsc.tab=0

FOTO: ESPECIAL

 

Claudia Hidalgo

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