Como reflejo de la paridad en su integración —36 diputadas, un diputade y 36 diputados, la LXII Legislatura mexiquense se ha caracterizado por impulsar acciones para derribar las barreras estructurales que impiden la igualdad ante la justicia, con leyes que promueven la equidad, igualdad de género y no discriminación, fortaleciendo el marco jurídico para combatir, erradicar y castigar cualquier tipo de violencia contra las mujeres.
En el marco del ‘Día Internacional de las Mujeres’, conmemorado este 8 de marzo y que este año tiene el lema ‘Derechos, justicia y acción #PorYParaTodas’, es preciso recordar el trabajo realizado por el Congreso del Estado de México para proteger la integridad de las mujeres; combatir la violencia sexual, vicaria, digital y política en su contra; y promover la igualdad sustantiva entre géneros, como la creación de un juzgado especial para protegerlas ante cualquier violencia.
Desde su inicio (el 5 de septiembre de 2024) a la fecha, la LXII Legislatura mexiquense ha avalado reformas para establecer que el Estado tiene deberes reforzados de protección hacia las mujeres; resguardar los derechos sexuales y reproductivos; tipificar el delito de acecho y la creación y difusión no consentida de contenidos de carácter sexual manipulados con inteligencia artificial; y aumentar las sanciones por abuso y hostigamiento sexual.

Juzgado LIBRE
También destaca la aprobación para crear el Juzgado LIBRE (Libertad, Igualdad, Bienestar, Redes y Emancipación), un órgano especializado en la emisión de órdenes y medidas de protección inmediata, con el cual se incorporan deberes para todas las autoridades del Estado y los municipios para prevenir, atender y erradicar la violencia, y se reconoce expresamente el derecho de las mexiquenses a vivir libres de violencia en todos los ámbitos.
Con otras reformas se estableció que el Estado tenga deberes reforzados de protección hacia mujeres, adolescentes y niñas, y que las unidades municipales de igualdad de género y erradicación de la violencia incorporen la perspectiva de género en los trabajos de la administración pública.
Igualmente se avaló la despenalización del aborto hasta las 12 semanas de gestación; y la incorporación en el Código Penal estatal del delito de acecho o “stalking”, cuyas sanciones alcanzan hasta seis años y ocho meses de prisión y 750 días multa.
Por otro lado, y en sintonía con las nuevas modalidades de violencia de género, el Pleno legislativo estableció castigos por la creación y difusión no consentida de imágenes, audios o videos de contenido sexual manipulados mediante inteligencia artificial, con penas de hasta cinco años de prisión y 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a 56 mil 570 pesos.
Violencia vicaria
El Congreso mexiquense también estableció penas de hasta ocho años de prisión para el hombre que, con la intención de dañar a una mujer, emplee como medio a sus hijas, hijos, familiares o personas cercanas a través de amenazas u otras conductas, lo que es conocido como violencia vicaria. Asimismo, serán acreedores a sanciones económicas, perderán la patria potestad y tendrán tratamiento psicológico-psicoterapéutico, psiquiátrico o reeducativo.
En este sentido, cabe destacar la aprobación en comisiones legislativas de que, en casos de violencia digital y para garantizar la integridad de la víctima, el Ministerio Público y la jueza o el juez deberán ordenar de manera inmediata las medidas de protección necesarias, así como la interrupción, bloqueo, destrucción o eliminación de cuentas, imágenes, audios o videos vinculados a la investigación previa. Esta reforma en materia de violencia digital está pendiente de aprobarse por el Pleno legislativo.

En otros aspectos, se establecieron penas de hasta 20 años de prisión por abuso sexual y hasta nueve años por hostigamiento sexual, que estos delitos se persigan de oficio y que, para su interpretación, se considere la perspectiva de género y los contextos de vulnerabilidad de la víctima.
Se ampliaron los supuestos que configuran los delitos contra la libertad sexual y se reformó la configuración del delito de acoso sexual, con sanciones de hasta 12 años de prisión cuando la conducta se cometa de manera reiterada o se aproveche de circunstancias que generen desventaja, indefensión o riesgo inminente para la víctima.
Sistema estatal de cuidados
Por otro lado, se retiraron las exenciones de responsabilidad a quienes encubran a personas investigadas o vinculadas a proceso por los delitos de feminicidio, con lo cual esta conducta podría alcanzar hasta 12 años de prisión.
Asimismo, se autorizó la creación de un Sistema Estatal de Cuidados, con énfasis en la revalorización de esta labor cuando la realicen mujeres.
En cuanto a exhortos, el Congreso mexiquense llamó a los 125 ayuntamientos a cumplir con el principio de paridad en la designación de personas titulares del gobierno y de las áreas de la administración pública; a los municipios con declaratorias de alerta de violencia de género por feminicidio y desaparición a ejercer en su totalidad los recursos asignados para ambos mecanismos; y a la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de México a fortalecer las acciones dirigidas a atender la desaparición de personas, con énfasis en las mujeres.
Igualmente se autorizó a la Comisión Legislativa para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres por Feminicidio y Desaparición a celebrar el primer encuentro interparlamentario con su homóloga del Congreso de la Ciudad de México.

En el ámbito federal, se solicitó al Congreso de la Unión la creación de una Comisión Legislativa Ordinaria de Seguimiento para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres por Feminicidio, Desaparición y cualquier tipo de violencia; así como la actualización del lenguaje constitucional y legal del país, reconociendo a las mujeres y contribuyendo a la paridad y equidad en todos los espacios de la vida pública.
Igualdad sustantiva
Como parte del Constituyente Permanente, el Pleno legislativo mexiquense avaló la minuta para garantizar que el Estado asegure el goce y ejercicio del derecho a la igualdad sustantiva de las mujeres y que toda persona tenga derecho a vivir una vida libre de violencias; así como que se consideren beneficiarios de los programas, acciones y servicios de asistencia social, de manera prioritaria, a niñas, niños y adolescentes que estén en condición de orfandad por feminicidio o dependientes de víctimas por desaparición, y hasta los 25 años de edad cuando comprueben estudios en curso y no tengan vínculos matrimoniales.
Por lo que hace a las iniciativas que aún se encuentran en estudio en comisiones legislativas, destacan las referentes a fortalecer la atención integral del cáncer de mama, la menopausia, el climaterio y salud menstrual; establecer castigos para los padres que no aporten gastos durante el embarazo o que no contribuyan con pensión alimenticia; sancionar los ataques con sustancias químicas.
Así como para impulsar el desarrollo empresarial, industrial, comercial y profesional de las mujeres; admitir procedimientos sumarios de pensión alimenticia; expedir la Ley de Protección al Parto Humanizado y a la Maternidad Digna; reconocer la legítima defensa con perspectiva de género; y establecer que el Estado instale refugios para las mujeres víctimas de violencia y sus hijas e hijos.

Otras propuestas buscan reconocer expresamente el derecho a obtener una incapacidad médica para efectos laborales y académicos por Interrupción Legal del Embarazo por un período mínimo de tres días hábiles, prorrogables según criterio médico; castigar con hasta 27 años de prisión la explotación reproductiva, entendida como el ofrecimiento, gestión, promoción, intermediación o contratación de servicios de gestación subrogada, ya sea con fines comerciales o bajo cualquier forma de remuneración; fortalecer la igualdad de género en la distribución del trabajo doméstico no remunerado, y establecer mecanismos que contribuyan a reducir la brecha salarial de género.
Además, reconocer y proteger a padres y madres buscadoras que se dedican a la localización de sus familiares desaparecidos; establecer hasta 20 años de prisión por el delito de estupro —definido como la cópula de una persona adulta con una persona mayor de 15 y menor de 18 años mediante cualquier tipo de seducción—; y la iniciativa de Ley de Salud del Estado de México, que identifica a las mujeres entre los grupos de atención prioritaria, además de que contiene un capítulo sobre la prestación de servicios de interrupción del embarazo, en el que se establece que las mujeres y personas gestantes tienen derecho a decidir sobre su propio cuerpo.
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