El Comité de Participación Ciudadana (CPC) prepara propuestas para mejorar la legislación en materia de rendición de cuentas, y aunque no tiene facultades para presentar iniciativas buscará que las y los legisladores retomen las propuestas que integran para cubrir los vacíos que tiene actualmente la legislación en materia de responsabilidades administrativas.
El presidente del CPC, Alberto Gándara Ruiz Esparza, dio a conocer que buscan propuestas para cubrir esos vacíos en torno a las y los contralores municipales y de órganos autónomos designados por el Poder Legislativo porque actualmente no están sujetos a sanciones y todos deben rendir cuentas.
“En el caso de los contralores municipales de los Sistemas DIF y las autoridades de los municipios estamos buscando cómo regular el tema para que ante la comisión de faltas administrativas pueda haber una autoridad competente para conocer eventualmente, sancionar o promover responsabilidades por faltas graves de estas autoridades; sin embargo, para el caso de OIC de órganos autónomos sí hay una salida viable”.
La normativa actual no señala con claridad qué autoridad investiga y sanciona las faltas de los titulares de Órganos Internos de Control (OIC’s) de los organismos autónomos, lo cual genera un vacío de control que debilita el principio de rendición de cuentas, dentro del propio sistema anticorrupción estatal.
Alberto Gandara explicó que los titulares de los OIC son designados por la Legislatura local, por mandato constitucional, pero existe un vacío normativo que no permite que la Legislatura se constituya como órgano investigador y eventualmente sancionador de las faltas que pudieran cometer los integrantes de los OIC.
Esto, agregó, genera un espacio de impunidad contradictorio con los objetivos del sistema anticorrupción al no contar con un mecanismo efectivo que sancione a quienes tienen la atribución de fiscalizar, donde la solución que se propone para cubrir ese vacío normativo es retomar el modelo federal, que dota de facultades a la Contraloría Interna de la Cámara de Diputados para investigar y sancionar a los titulares de OIC de los órganos autónomos federales.
Esto da coherencia, pues si la autoridad que los designa conserva la supervisión institucional a través de un órgano especializado en responsabilidad administrativa, los OIC no quedan fuera de la rendición de cuentas, lo cual debe ser retomado por el Estado de México.
Para ello es viable reformar la Ley Orgánica del Poder Legislativo y la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios, el Reglamento Interno de la Contraloría Legislativa para dotarla y conocer las faltas no graves y promover las graves ante el Tribunal de Justicia Administrativa (TRIJAEM).
En el tema de los OIC municipales existen limitantes por el artículo 115 constitucional, en donde la Contraloría del Poder Legislativo no podría intervenir por el momento, por lo cual están analizando por qué conducto podrían ser supervisados y vigilados.
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