El subsidio del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos 2026 se otorgará a las personas físicas que viven en la entidad y tienen unidades dadas de alta en el Registro Estatal de Vehículos o provenientes de otra entidad federativa que se inscriban en este registro, a más tardar el 6 de abril.
Esto será posible nuevamente para vehículos cuyo valor en su primera factura no exceda de 550 mil pesos y, en el caso de motos se aumenta el monto y en lugar de 115 mil pesos, será posible cuando el valor sea de hasta 215 mil 517 pesos, sin contar el Impuesto al Valor Agregado.
El acuerdo publicado en la Gaceta de Gobierno por la gobernadora y la Secretaría de Finanzas establece que el beneficio también será para personas jurídicas colectivas con fines no lucrativos con domicilio en la entidad, pero no para las unidades propiedad de la federación, del Estado, los municipios, ni de organismos auxiliares o autónomos.
El subsidio será de 100 por ciento a personas propietarias de vehículos cuyas placas de circulación hayan sido expedidas en el año 2021 y posteriores.
De 50 por ciento a personas propietarias de vehículos cuyas placas hayan sido expedidas en el año 2020.
Para ello es necesario que las personas contribuyentes sean:
- Residentes en la entidad.
- Se pongan al corriente en sus obligaciones fiscales estatales y en los impuestos coordinados con la federación o los municipios.
- Realizar la gestión del subsidio y obtener el formato universal para pagar.
“Tratándose de personas propietarias de motocicletas, motonetas, trimotos, cuatrimotos, vehículos nuevos o usados, adquiridos mediante importación definitiva, deberán realizar el trámite de alta dentro de los 15 días siguientes a la fecha de adquisición e importación, sin que esto aplique a vehículos registrados en otra entidad”. En este caso la vigencia del beneficio será hasta el 31 de diciembre.
Las unidades que circulan en otra entidad y se den de alta en el Registro Estatal de Vehículos deberán realizar el trámite de alta antes del 6 de abril para acceder a este beneficio.
No se otorgará el subsidio a:
- Quien pague después del plazo señalado.
- Exista irregularidad o falsedad en sus datos o documentos.
- No cumpla alguna de las condiciones señaladas en el acuerdo.
- Quienes no hayan cumplido con la renovación de placas.
- Si la Secretaría de Finanzas detecta el uso de documentos falsos puede revocar los beneficios fiscales y obligar a hacer el pago correspondiente.
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