Este viernes inicia en el Congreso del Estado de México el análisis de la iniciativa de decreto para expedir la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México y homologarla con la reforma constitucional que dio paso a la elección de 91 titulares de juzgados y magistraturas electos, por primera vez, en las urnas.
Se prevé que la iniciativa presentada por los coordinadores parlamentarios de Morena, José Francisco Vázquez Rodríguez; del PVEM, José Alberto Couttolenc Buentello y del PT, Óscar González Yáñez, sea dictaminada el próximo lunes y votada en el pleno durante el periodo extraordinario del 2 de septiembre.
En la propuesta reconocen una estructura tripartita, integrada por el Tribunal Superior de Justicia, el Tribunal de Disciplina y el Órgano de Administración Judicial, y detalla las facultades y obligaciones de cada órgano, encargados de funciones jurisdiccionales, por funciones disciplinarias y funciones administrativas, respectivamente.
Reconoce la carrera judicial para contar con los mejores perfiles profesionales en todas las áreas; a la Escuela Judicial y al Centro Estatal de Mediación, Conciliación y de Justicia Restaurativa que mantendrán su naturaleza jurídica como órganos desconcentrados del Poder Judicial.
Se actualiza el régimen de responsabilidades administrativas, se amplían las conductas en que pueden infringir magistradas, magistrados, juezas y jueces; se distinguen las faltas graves y no graves, se detallan las sanciones, se ajustarán las reglas de licencias y ausencias de las personas servidoras públicas, así como los nombramientos de cargos interinos.
Se faculta al Congreso local para destituir a magistradas y magistrados, a petición del Tribunal de Disciplina, por delitos del fuero común, incluida aquellas faltas y delitos relacionados con actos de corrupción, y se establece un mecanismo de evaluación de desempeño que pesará para su permanencia en el cargo.
Facultades y obligaciones
Además, enumera las atribuciones y obligaciones de las personas titulares de las salas y juzgados, se deja claro que deben asistir a sus oficinas a diario, su horario de trabajo, que deben actuar de manera imparcial y dentro de los plazos señalados en la ley.
Todas las personas servidoras públicas se deberán ajustar al Código de Ética, preservar la dignidad, la imparcialidad y profesionalismo, actuar con enfoque de derechos humanos y perspectiva de género.
Deberán abstenerse de incurrir en conductas que atenten contra la autonomía y la independencia del PJ, influir en el nombramiento del personal, celebrar audiencias fuera de los plazos establecidos, asignar al personal labores ajenas a su función, ausentarse de las vistas o audiencias.
Indica que las sesiones del pleno podrán ser públicas, privadas, solemnes, presenciales, telepresenciales, mixtas, conjuntas o itinerantes.
En caso de que la titularidad de un juzgado o sala quede vacante se llamará al segundo lugar en las votaciones, y así sucesivamente. En caso de no existir, el Poder Legislativo nombra a interinos hasta que se den las siguientes elecciones.
La Contraloría fiscalizará recursos
Proponen mayores facultades para la Contraloría Interna, para poder prevenir, corregir, investigar, sustanciar y calificar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas de las y los servidores públicos del PJ. Además de tener facultades para revisar los ingresos y egresos, el manejo de custodia, la aplicación de recursos públicos; así como presentar las denuncias por hechos u omisiones que pudieran ser constitutivas de delito; además de tener a su cargo la fiscalización de los recursos.
La propuesta considera conveniente castigar las sanciones para faltas administrativas no graves con amonestación privada o pública; suspensión e inhabilitación temporal para desempeñar en el servicio público de uno a 20 años. Para faltas graves son suspensión de 30 a 90 días, destitución, sanción económica de 3 veces a 500 UMAS.
También consideran sanciones administrativas para particulares, donde se considera la indemnización por los daños o perjuicios ocasionados al patrimonio del PJEM.
Y detalla cómo se conforma y para qué servirá el Fondo Auxiliar para la Administración de la Justicia que será fundamentalmente para todos los rubros de gasto de este poder, con el fin de hacer mejoras o atender pendientes.
FOTOS: ESPECIALES Y ML