El Instituto Nacional Electoral (INE) publicó el acuerdo INE/CG102/2026 en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de 2026, en el que establece los criterios técnicos y jurídicos para modificar la Credencial para Votar (CPV), el principal documento de identificación en México.
El documento plantea un cambio de fondo en el modelo de identidad oficial, al evaluar la posible incorporación de datos sobre identidad indígena y afromexicana, identidad de género autopercibida y condiciones de discapacidad, sin comprometer la seguridad del instrumento electoral.
Un proceso que inició hace ocho años
La resolución del INE deriva de un proceso que comenzó el 8 de marzo de 2018, cuando ciudadanos solicitaron incluir la pertenencia a pueblos indígenas en la credencial.
A partir de entonces, el tema escaló a tribunales, lo que derivó en sentencias del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que obligaron al instituto a emitir una respuesta formal antes del siguiente proceso electoral federal.
Entre los expedientes clave destacan:
- SUP-JDC-4/2026, sobre autoadscripción indígena
- SUP-JDC-2442/2025, sobre inclusión de sistema Braille
Estructura y capacidad del INE
El acuerdo detalla la capacidad operativa del INE para implementar cambios en la credencial:
- 32 delegaciones estatales
- 300 subdelegaciones distritales
- Consejo General integrado por 11 consejeros con voto
Esta infraestructura respalda la emisión de la credencial, considerada el documento de identificación más utilizado en el país.

Qué datos analiza incluir la nueva credencial
El INE evaluó tres ejes principales de modificación:
Identidad indígena y afromexicana
Se reconoce la autoadscripción como criterio central, conforme al Artículo 2º constitucional y al Convenio 169 de la OIT.
Identidad de género
Se analiza incorporar un campo de identidad sexogenérica autopercibida, independiente del dato de sexo, con base en estándares de derechos humanos.
Discapacidad y sistema Braille
Se estudian mecanismos para que personas con discapacidad visual puedan identificar su credencial de forma autónoma, mediante elementos en sistema Braille.
Consultas técnicas y respaldo institucional
El INE sustentó su decisión en opiniones de organismos especializados:
- Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), sobre datos sensibles.
- Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), sobre inclusión.
- Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), sobre viabilidad de autoadscripción.
Además, entre julio y agosto de 2025 se realizaron mesas de diálogo con organizaciones civiles, incluidas personas con discapacidad y colectivos de diversidad sexual.
Endurecen criterios de seguridad del documento
El acuerdo establece que ningún cambio podrá comprometer la certeza, autenticidad y seguridad de la credencial, que permite el ejercicio del voto.
El INE subraya que cualquier modificación deberá garantizar la identificación plena del ciudadano, la protección de datos personales sensibles y la integridad del padrón electoral.
Contexto: crisis de exclusión y discriminación
El documento se sustenta en el Artículo 1º constitucional, que prohíbe la discriminación, y en el Artículo 4º, que reconoce el derecho a la identidad.
También retoma estándares internacionales como el Acuerdo de Escazú y principios de derechos humanos que obligan al Estado a reconocer la diversidad social y cultural.
El acuerdo INE/CG102/2026 marca un punto de inflexión en el sistema de identificación en México, al plantear que la credencial no solo cumpla funciones electorales, sino que refleje la identidad social, cultural y personal de los ciudadanos.
El instituto deberá ahora definir, en sus resolutivos finales, qué elementos serán viables de incorporar, con base en criterios técnicos, presupuestarios y de protección de datos.
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