Hasta 36 años por violencia ácida

 Hasta 36 años por violencia ácida

En comisiones, las y los diputados locales dictaminaron cuatro iniciativas de ley que reforman la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el Código Penal del Estado de México, para aumentar la pena a quien lesione a una mujer con alguna sustancia corrosiva con lo cual podrían alcanzar hasta 36 años de prisión.

Además, se garantiza que el delito se perseguirá de oficio; se incluyen más sustancias químicas; se ordena la atención médica inmediata, una reparación integral del daño, donde se incluyan las cirugías reconstructivas, rehabilitación física y psicológica, prótesis, tratamientos médicos especializados y de largo plazo, compensación por lucro cesante y cualquier otra medida necesaria para la recuperación integral de la víctima.

Este acuerdo se logró a partir de cuatro iniciativas de ley presentadas por la diputada Zaira Cedillo Silva, Nelly Rivera Sánchez, otra más por el Grupo Parlamentario del PRD y la cuarta por la Fundación Carmen Sánchez; aunque esta última no quedó satisfecha porque no se consideró la esencia de su propuesta, que era tipificar el delito de manera autónoma y una reparación del daño más amplia.

Violencia ácida o química

En el dictamen, que será sometido a votación del pleno en los siguientes días, quedó establecido que la violencia ácida química “es aquella acción que utilice ácido, sustancias corrosivas, cáusticas, irritantes, tóxicas o inflamables, compuestos químicos, líquidos a altas temperaturas, gases, explosivos, reactivos o cualquier otra sustancia análoga para causar daño físico, desfiguración, discapacidad, dolor o sufrimiento o que exponga a la mujer a dicho riesgo o ponga en peligro la vida”.

En la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia quedó establecido que las víctimas se deben canalizar y ordenar el traslado inmediato de las víctimas de violencia ácida o química a unidades médicas de alta especialidad, donde el Estado deberá asegurar su acceso gratuito, integral y continuo a los servicios de salud.

Se considera que el personal de salud que atiende a personas con lesiones producidas por agentes químicos o corrosivos estará obligada a presentar atención médica inmediata y prioritaria; a conservar la evidencia clínica y biológica pertinente; así como a notificar de manera inmediata al Ministerio Público y proporcionarle información.

El personal de salud que está obligado también a notificar y omitir dicha acción será sancionado conforme al Código Penal del Estado de México, con independencia de las sanciones que correspondan conforme a la legislación administrativa.

Además, se garantizará a las víctimas de violencia química la atención médica especializada y cirugía reconstructiva, cirugía estética, funcional, rehabilitación y los suministros necesarios de manera gratuita, oportuna y continua.

Ajustes al Código

En el Código Penal se estableció que cuando las lesiones se produzcan dolosamente mediante el uso de ácidos o sustancias químicas se aplicarán de 5 a 10 años de prisión y de 100 a 200 días multa, pero cuándo las lesiones se produzcan en contra de una mujer, niña o adolescente la pena será de 8 a 15 años de prisión y de 200 a 500 días multa.

“Si el ataque causa desfiguración permanente en cara, cabeza, cuello, mamas o genitales o pérdida o disminución definitiva de función de algún órgano o sentido, la pena será de 12 a 20 años de prisión y de 300 a 700 días multa”.

Cuando el delito sea cometido por una persona servidora pública, en ejercicio de sus funciones, o haya existido entre el sujeto activo y la víctima una relación de parentesco, convivencia sentimental, afectiva, laboral, docente, de subordinación, de confianza o tenga responsabilidad de cuidado sobre ella, la pena prevista se incrementará hasta en una mitad, con lo cual puede llegar a 30 años.

Actualmente, el Código Penal estatal establece para el delito de lesiones penas de tres meses de prisión cuando estas no ameriten hospitalización, y de hasta seis años de prisión cuando pongan en peligro la vida de la víctima. A estas penas se sumarían las agravantes previstas en el decreto avalado para las lesiones producidas mediante violencia ácida o química, por lo que, bajo los supuestos indicados, la pena máxima podría alcanzar hasta 36 años de prisión.

FOTOS: ESPECIALES.

Ignacio Hernández

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