- Está basado en la nueva Ley Orgánica.
Con el propósito de presentar el Modelo de Jurisprudencia del Poder Judicial del Estado de México (PJEM), convocar a su difusión y llevarlo a la práctica para agilizar la impartición de justicia, el magistrado presidente Ricardo Sodi Cuellar, se reunió con representantes de la academia, colegios y barras de abogados del estado y del país.
Sodi Cuellar espera que el PJEdomex sea punta de lanza en el desarrollo de un nuevo modelo de jurisprudencia en la entidad, que se construya a partir de la interacción de los litigantes y el apoyo de las instituciones de educación superior.
Las y los abogados ya tienen a su disposición más de 220 mil sentencias que han causado ejecutoria y pueden ser consultadas en www.pjedomex.gob.mx, mediante motor de búsqueda; en tanto, Ricardo Sepúlveda Iguíniz, Coordinador General de Compilación y Sistematización de Tesis del Poder Judicial, explicó que, en la nueva Ley Orgánica publicada en octubre de 2022, se realizó una serie de reformas para fortalecer el Sistema de Jurisprudencia.
Los principales cambios son: reducción a tres el número de sentencias para integrar jurisprudencia por reiteración, la jurisprudencia por precedentes, el precedente por consideración, el cambio de contradicción de tesis a “contradicción de criterios”, la obligación de argumentar cuando se interrumpa una jurisprudencia, el cambio de estructura de la tesis y la creación de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis.
Destaca la creación de la figura del precedente por consideración que permite a las partes, en un juicio, invocar criterios que deban ser adoptados por el juez, de no ser así, el juzgador deberá argumentarlo y esta resolución es apelable.
Lo anterior dará certeza a los litigantes y evitará la “tómbola de la justicia”, esto es, si en el juzgado “A” se tiene un criterio y se tuvo un asunto previo en el juzgado “B” y ese criterio es favorable y congruente con lo que se está pidiendo, el juez “A” puede seguir el criterio del juez “B”.
Con este nuevo sistema, se inició la Tercera Época de la Jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México y la intención es que el número de criterios aumente; a la fecha, se han emitido tres, dos por reiteración en materia civil y uno por precedente en prisión preventiva oficiosa, señaló el coordinador.
Juicio de Amparo, jurisprudencia y federalismo
Manuel González Oropeza, investigador nacional emérito, consideró que las y los juzgadores tienen que ir a los principios generales del Derecho, aplicar la ley sin atender criterios políticos que pongan en riesgo su imparcialidad; tener la sensibilidad social suficiente, no solo la experiencia o conocimiento jurídico y con el “Amparo Vega” se puso de relevancia la función de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como intérprete constitucional.
Dicho Amparo -explicó González Oropeza- surge cuando el Juez Miguel Vega impugnó las sanciones del Tribunal Superior de Justicia de Sinaloa, “por haber interpretado inadecuadamente la Ley de Amparo de 1869” y lo despoja de la capacidad de ejercer la profesión de abogado. Vega no acepta, la ley del estado no podía aplicar una sanción tan cruel, pues ejercía esa profesión en virtud de la libertad que le otorgaba el artículo 5 de la Constitución de 1957.
José Antonio Aguilar Rivera, del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, señaló que, en su época, principios del siglo XX, Rabasa planteó ideas innovadoras sobre el juicio de amparo y el federalismo. Citó un fragmento del discurso del chiapaneco “yo soy un partidario ardiente del Federalismo, y lo soy porque es una base de estabilidad, de libertad, de justicia y de fuerza para la nación”.
Sandra Gómora Juárez, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM refirió que las coordenadas básicas necesarias que el federalismo judicial habría de considerar en su tarea de incorporar al precedente: los tribunales locales deberán trabajar en formación y capacitación permanente; mecanismos de revisión y compatibilidad con precedentes federales; comunicación accesible con las personas y eficaz; además en la compresión conceptual del Precedente Judicial.
Por su parte, Sepúlveda Iguíniz explicó que en la nueva Ley Orgánica del PJEdomex se realizó una serie de reformas para fortalecer el Sistema de Jurisprudencia y presentó los principales cambios: reducción a tres el número de sentencias para integrar jurisprudencia por reiteración, la jurisprudencia por precedentes, el cambio de contradicción de tesis a “contradicción de criterios”, la obligación de argumentar cuando se interrumpa una jurisprudencia, y la creación de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis.
Instala PJEdomex primera Junta Plenaria
La primera Sala Colegiada Familiar de la capital mexiquense hizo historia en el PJEM, al instalar la Junta Plenaria de la Región Toluca en Materia Familiar, la primera en la entidad, para integrar jurisprudencias por reiteración, precedente y contradicción, que agilizarán los procesos judiciales.
Sepúlveda Iguíniz explicó que, en el caso de Jurisprudencia por Precedente, esta Junta podrá establecer la obligatoriedad en la materia y en la región o bien llevarla al Pleno del Tribunal para que sea obligatoria en toda la entidad. Agregó que se espera que en los próximos días se instale el resto de las materias y regiones.
Castillo Vega refirió que el impulso a las jurisprudencias implicará un nuevo orden en la emisión de criterios contribuyendo a la agilización en la impartición de justicia; en tanto, Miranda Nava consideró que se trata de un proyecto ambicioso que beneficiará a la sociedad.
Por votación, Martínez Esparza fue electa como Coordinadora de la Junta Plenaria, expresó que brindará su mejor desempeño a través de su experiencia en la Materia Familiar; como secretaria Técnica se designó a Gricelda Gómez Araujo, quien funge como secretaria de Sala.
El sistema de jurisprudencias agiliza la impartición de justicia, por ejemplo, el precedente por consideración permite a las partes en un juicio, invocar criterios que deban ser adoptados por el juez. De no ser así, el juzgador deberá argumentar la no aplicación del criterio y esta resolución podría ser apelable, entonces la Sala decidirá, incluso si puede establecerse como jurisprudencia por precedente.
En la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, publicada el 6 de octubre de 2022, se introdujeron reformas al sistema de jurisprudencia con el fin de fortalecerlo, incorporando figuras jurídicas innovadoras.
Litigantes conocen el Sistema de Jurisprudencia
Sepúlveda Iguíniz destacó que el nuevo modelo de Jurisprudencia da uniformidad, seguridad jurídica, contribuye a garantizar el acceso a la justicia, optimizar tiempos y permite profundizar en los criterios, lo que fortalece la argumentación de jueces y litigantes.
Refirió que, con la instalación de las juntas plenarias para la generación de jurisprudencia, inició la operatividad del sistema que integra la novedosa figura del precedente por consideración, en la que, la participación de las y los abogados es fundamental, ya que establece que, en un juicio, alguna de las partes puede invocar la aplicación de un criterio emitido en un juicio diferente.
Sobre el trámite para obtener la Firma Electrónica Judicial FeJEM, Morales Ordoñez dio a conocer que en las Centrales de Actuarios habrá personal para obtenerla y así tener acceso al tribunal electrónico. Acotó que la Agenda Electrónica agilizará y dará celeridad al seguimiento de las diligencias y economizará recursos.
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