Metis: Diosa de la prudencia y del cambio, o del nuevo paradigma de la transparencia en el Estado de México

 Metis: Diosa de la prudencia y del cambio, o del nuevo paradigma de la transparencia en el Estado de México

Según la mitología griega Metis era la Diosa del valor de la prudencia y además tenía la habilidad de cambiar de forma a voluntad, en alguna de sus versiones, Zeus se la tragó para que desde sus entrañas, siempre le avisará de lo bueno y de lo malo.

A propósito del cambio y del valor de la prudencia, hace algunos días el Diputado Gerardo Pliego Santana presentó en la Legislatura Mexiquense la Iniciativa de Decreto por el que se expide la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, de la Ley de Archivos y Administración de Documentos del Estado de México y Municipios, de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, del Código Administrativo del Estado de México y del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

En su Exposición de motivos, la iniciativa presenta un marco jurídico integral para fortalecer la transparencia, la rendición de cuentas y la protección de datos personales en el Estado de México, alineado con el Plan de Desarrollo 2023-2029 y el principio de humanismo mexicano.

Se propone la expedición de dos nuevas leyes —de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y de Protección de Datos Personales— así como reformas a diversas leyes orgánicas y administrativas para modernizar la gestión pública, reducir la burocracia y optimizar el uso de recursos públicos.

Se busca garantizar que la información gubernamental sea accesible, útil y en formatos abiertos, promoviendo la confianza ciudadana y el ejercicio del derecho humano a la información. Se incorporan mecanismos digitales, capacitación a servidores públicos, coordinación con autoridades garantes y la inclusión de lenguas indígenas y accesibilidad para personas con discapacidad.

Todo ello responde a la obligación federal de armonizar el marco jurídico estatal con la Ley General de Transparencia y la Ley General de Protección de Datos Personales, buscando un gobierno honesto, eficiente, austero y centrado en las personas.

El objetivo principal de la reforma jurídica propuesta en el decreto es garantizar y fortalecer el derecho humano al acceso a la información pública y la protección de datos personales en el Estado de México, mediante la armonización del marco jurídico estatal con las Leyes Generales (de Transparencia y de Protección de Datos), la expedición de dos nuevas leyes estatales (una de Transparencia y Acceso a la Información Pública y otra de Protección de Datos Personales), y la reorganización de las autoridades encargadas (creación del órgano desconcentrado “Transparencia Mexiquense”).

El documento en análisis busca modernizar y simplificar la gestión pública, reducir burocracia y gastos operativos, promover la máxima publicidad y rendición de cuentas, garantizar accesibilidad (incluyendo lenguas indígenas y ajustes razonables para personas con discapacidad), e impulsar una cultura de transparencia y protección de datos en beneficio de la sociedad mexiquense.

Pero ¿Qué cambios se prevén en la gestión de la transparencia y protección de datos personales tras la reforma?

  1. Nuevo marco legal y armonización. Se expiden dos nuevas leyes: la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, y la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
  2. Armonización obligatoria del marco jurídico estatal con la Ley General de Transparencia y la Ley General de Protección de Datos Personales publicadas a nivel federal, para cumplir el mandato constitucional y las leyes generales.
  3. Reorganización institucional y simplificación administrativa:

Desaparición del INFOEM (Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios).

– Creación de un organismo público desconcentrado bajo la Secretaría de la Contraloría del Poder Ejecutivo denominado “Transparencia Mexiquense”, con autonomía técnica, financiera y de gestión.

Transferencia y reasignación de funciones del Instituto extinto a autoridades ya constituidas y al nuevo organismo, con una estructura más simplificada que busca reducir gastos de operación y duplicidades.

  1. Principios y obligaciones reforzados:

– Consolidación de principios constitucionales: legalidad, independencia, imparcialidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y máxima publicidad.

– Obligación de publicar información en formatos útiles y abiertos (datos abiertos) que sean accesibles, integrales, gratuitos, no discriminatorios, oportunos y permanentes.

– Políticas de “transparencia con sentido social” para priorizar información en lenguaje claro y útil para sectores sociales y facilitar reutilización y aprovechamiento de datos.

  1. Accesibilidad y Gobierno abierto:

– Promoción progresiva de políticas y programas para garantizar máxima accesibilidad a la información.

– Disponibilidad de equipos con acceso a Internet en unidades de transparencia, bibliotecas y archivos para facilitar el acceso presencial.

– Difusión de información en los medios y formatos que mejor convengan al público destinatario, inclusión de lenguas indígenas, braille y formatos accesibles para personas con discapacidad.

  1. Mayor énfasis en protección de datos personales:

– Definición y regulación detallada de responsables, encargados, derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación, oposición) y medidas de seguridad (administrativas, técnicas y físicas).

– Restricciones al tratamiento de datos sensibles y reglas claras sobre consentimiento; límites a fines legítimos (seguridad nacional, salud pública, interés público) y proporcionalidad.

– Evaluaciones de impacto en protección de datos personales obligatorias antes de poner en operación o modificar políticas públicas, sistemas, plataformas o tecnologías que impliquen tratamiento intensivo o relevante de datos.

– Reglas sobre transferencias, remisiones nacionales e internacionales y tratamiento en instancias de seguridad y justicia (datos limitados a lo necesario y proporcional).

  1. Mecanismos de cumplimiento y gobernanza interna:

– Creación e impulso de Comités de Transparencia en cada responsable, con funciones como gestión de solicitudes ARCO, evaluación de calidad y asesoría interna; posibilidad de designar oficiales de protección de datos para tratamientos intensivos.

– Autoridades garantes locales (Transparencia Mexiquense y contralorías internas de los poderes) con atribuciones para coordinar, emitir reglas, evaluar desempeño, emitir recomendaciones no vinculantes y capacitar.

– Coordinación con la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y con el Sistema Nacional para criterios y lineamientos.

  1. Medidas preventivas y de buenas prácticas:

– Promoción de esquemas de mejores prácticas y registros para quienes los adopten; incentivos para armonizar sectorialmente el tratamiento de datos y facilitar derechos ARCO.

– Obligación de medidas de seguridad de nivel alto para bases y sistemas de seguridad, procuración y administración de justicia.

  1. Derechos de la ciudadanía y procedimientos:

– Refuerzo del derecho humano de acceso a la información: obligación de mantener portales de obligaciones de transparencia activos incluso en periodo electoral (con excepciones normativas).

– Procedimientos para interposición de recursos (recurso de revisión) ante negativas o falta de respuesta.

– Facilidades para el ejercicio de derechos ARCO: atención, asistencia, entrega en formatos portables (portabilidad) y atención en idiomas o formatos accesibles.

En conjunto, la reforma busca modernizar y simplificar la gestión pública, concentrar funciones en un órgano desconcentrado más eficiente, garantizar datos abiertos y accesibles, elevar los estándares de protección de datos mediante evaluaciones de impacto y medidas de seguridad, y fortalecer controles, coordinación y capacitación para asegurar cumplimiento y protección efectiva de los derechos de las personas.

Como ciudadanía informada y participativa, nos corresponde mantenernos al tanto y pendientes de la aprobación y consecuente aplicación del nuevo paradigma de transparencia mexiquense, mientras tanto, ¡Continuemos la conversación!

Claudia Margarita Hernández Flores

https://marcajelegislativo.com

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