La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (CODHEM) estrenará una nueva ruta para atender solicitudes de amnistía, con un procedimiento que obliga a documentar desde la situación jurídica de la persona hasta las posibles violaciones que pudo sufrir durante su detención o proceso penal.
Los lineamientos ya entraron en vigor. El esquema no otorga a la Comisión facultades para liberar personas; su función será investigar y, cuando encuentre elementos, elaborar un pronunciamiento para que el Poder Judicial determine lo que corresponda.
Así deberá solicitarse la amnistía
El Artículo 27 establece que la petición deberá incluir datos como nombre, edad, género, domicilio y medios de contacto; firma o huella; información de la defensa y, cuando corresponda, documentos que acrediten el parentesco de quien presenta la solicitud. También deberá señalarse si la persona pertenece a un pueblo originario, comunidad indígena o afromexicana, además de explicar los hechos que podrían constituir violaciones a derechos humanos o al debido proceso. El expediente deberá incorporar datos de la causa penal, autoridad involucrada, delito, situación jurídica, reincidencia y centro penitenciario. Las solicitudes colectivas no serán admitidas.
Si la documentación está incompleta, el Artículo 28 da al solicitante cinco días hábiles para corregir las deficiencias. Después, la visitaduría tendrá tres días hábiles para calificar la petición y establecer de forma preliminar qué posibles violaciones deben investigarse. Antes de llegar a esa etapa, la CODHEM deberá orientar a quien lo solicite sobre la identificación de posibles afectaciones a derechos humanos o al debido proceso. Además, un mismo caso no podrá tramitarse al mismo tiempo ante la CODHEM y la Comisión Legislativa de Amnistía.

La investigación podrá entrar a los penales
Uno de los aspectos centrales está en la entrevista que deberá realizar la persona visitadora. No sólo se preguntará qué ocurrió durante la detención: también se revisarán las condiciones sociales, familiares y culturales, posibles situaciones de pobreza o marginación, género, pertenencia a comunidades indígenas o afromexicanas, enfermedades crónico-degenerativas y hechos de violencia. Si la persona afirma que sufrió tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes, la investigación podrá tomar como referencia el Protocolo de Estambul. En los casos de personas privadas de la libertad, la visitaduría podrá acudir al centro penitenciario y revisar su expediente de ejecución.
La nueva regulación también permite que la CODHEM vaya más allá del expediente entregado por el solicitante. Los artículos 33 al 36 permiten pedir informes a las autoridades, con un plazo máximo de 10 días hábiles, además de citar a servidores públicos, peritos y testigos para aclarar cómo ocurrieron los hechos. La Comisión incluso podrá realizar visitas a oficinas públicas para obtener información. Si una autoridad incumple con la entrega de información, el caso podrá llegar al Órgano Interno de Control correspondiente.
La investigación también podrá apoyarse en especialistas. El Artículo 37 permite solicitar opiniones científicas, técnicas y especializadas para determinar, entre otros aspectos, el contexto social y familiar, las condiciones de salud y posibles factores de vulnerabilidad o discriminación. Los especialistas tendrán hasta 20 días hábiles para entregar su opinión, con posibilidad de otros 20 días por la complejidad del caso. Si la investigación encuentra elementos suficientes de violaciones a derechos humanos o al debido proceso, el expediente pasará a la Visitaduría Especializada.

La última etapa establece un plazo de 40 días hábiles para elaborar el proyecto de pronunciamiento, con una posible ampliación de otros 20 días. Ese documento deberá explicar los antecedentes, las actuaciones realizadas, los derechos posiblemente vulnerados y aspectos como perspectiva de género, interseccionalidad y categorías sospechosas.
Una vez emitido por la Presidencia de la CODHEM, el pronunciamiento será enviado al juzgador competente del Poder Judicial del Estado de México. En otras palabras, los nuevos lineamientos crean una vía más amplia para investigar las circunstancias de cada caso, pero la decisión sobre si una persona obtiene o no la amnistía seguirá en manos de la autoridad judicial.
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