Transparencia Mexiquense sustituirá al Infoem

 Transparencia Mexiquense sustituirá al Infoem

La Diputación Permanente turnó a comisiones el análisis de la expedición de la nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, con lo cual se extingue el Infoem, y en su lugar se crea el organismo denominado Transparencia Mexiquense.

Se trata de un organismo público desconcentrado de la Secretaría de la Contraloría, del Poder Ejecutivo, que gozará de autonomía técnica, financiera y de gestión; garantizará el acatamiento a los principios constitucionales de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y máxima publicidad.

¿Qué leyes se modifican?

Además de expedir las dos leyes antes enunciadas, se plantean reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, la Ley de Archivos y Administración de Documentos del Estado y Municipios, la Ley del Sistema Anticorrupción, el Código Administrativo y el Código Financiero de la entidad.

¿Quién hace la propuesta?

La iniciativa de ley es de la titular del Poder Ejecutivo, Delfina Gómez Álvarez.

¿Cuándo se aprueba?

Esta semana empieza en análisis en comisiones y se convocará a un periodo extraordinario de sesiones antes que concluya este mes, para que entre en vigor lo antes posible y se concluya con el decreto de extinción del Infoem, informó el presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), José Francisco Vázquez Rodríguez.

La iniciativa contempla plazos de cinco y hasta 20 días para el proceso de extinción, una vez que se publique el decreto. Contará con la persona responsable de la liquidación.

¿Qué pasará con el personal del Infoem?

El personal que aún labora en el Infoem será liquidado conforme lo establece la ley. No se considera la creación de una nueva estructura, por lo que no se tiene previsto hacer recontrataciones del personal calificado del organismo.

Las plataformas, archivos y equipo tecnológico pasarán a manos del nuevo organismo, el cual podrá recibir recursos públicos para terminar el año, a partir de transparencias que haga la Secretaría de Finanzas. Si este monto supera el 3 por ciento del presupuesto asignado al sector, se deberá dar vista al Congreso.

¿Cuál es el objetivo de las reformas?

Estas iniciativas tienen como fin una simplificación administrativa y racionalización de la estructura gubernamental, orientando a disminuir la burocracia y hacer más eficaz el desempeño institucional, reducir cargas burocráticas, generar ahorros y facilitar los trámites a las personas destinatarias de la norma.

Se busca un nuevo modelo institucional que continúe y fortalezca las funciones que anteriormente desempeñaba el Infoem y fortalecer al Estado de México como un referente en la consolidación de un modelo de transparencia, moderno, funcional y cercano a la ciudadanía, señala la iniciativa.

¿Qué instancias contempla?

Considera un Subsistema de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de México como responsable en materia de transparencia y acceso a la información. Su finalidad será coordinar y evaluar las acciones relativas a la política pública transversal de transparencia y acceso a la información, así como establecer e implementar los criterios y lineamientos.

Estará integrado por una persona titular de la Secretaría de la Contraloría que lo presidirá, además estarán el titular de la Contraloría del Poder legislativo, el contralor interno del Poder Judicial, los titulares de los Órganos Internos de Control de la Codhem, la Fiscalía de Justicia, el IEEM, TEEM y la UAEMex, además de siete personas titulares de los órganos internos de control municipales, uno por cada una de las siete zonas en las cuales se divide la entidad.

Las personas integrantes del comité contarán con voz y voto, ejercerán su cargo a título honorífico por lo que no recibirán retribución ni compensación alguna por su participación.

¿Cuáles son las obligaciones de los sujetos obligados?

Cada sujeto obligado deberá integrar un Comité de Transparencia Colegiado e integrado siempre por un número impar que será la autoridad máxima al interior del sujeto obligado, en materia del derecho al acceso a la información.

Los sujetos obligados contarán con un área responsable para la atención de las solicitudes de información a la que se le denominará Unidad de Transparencia.

Las obligaciones de los sujetos obligados en materia de información que deben transparentar no se modifican.

¿Es posible inconformarse?

Cualquier persona podrá denunciar ante las autoridades garantes del Estado la falta de publicación de las obligaciones de transparencia previstas en la ley, esto podrá ser en cualquier momento, de manera escrita, por medios electrónicos y opcionalmente se podrá poner el nombre de la persona denunciante; si es por medio electrónico será a través de la plataforma nacional o por correo electrónico, dirigido a la dirección electrónica o por escrito libre ante la Unidad de Transparencia. Las autoridades garantes pondrán a disposición de las personas particulares el formato de la denuncia.

La autoridad garante debe resolver la denuncia dentro de los 20 días siguientes.

Se podrán interponer recursos de revisión de manera directa en los 15 días siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta o del vencimiento del plazo para su notificación.

Las particulares podrán impugnar las determinaciones o resoluciones de las autoridades garantes.

Sanciones

Las medidas de apremio son amonestación pública o multa de 150 hasta 1 mil 500 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente. Se deberá considerar la gravedad de la falta, la condición económica de la persona infractora y la reincidencia de los sujetos obligados será difundida en la plataforma nacional y en el portal de obligaciones de transparencia de las autoridades garantes del Estado. En caso de reincidencia se podrá imponer una multa equivalente al doble y cuando se incurre en un delito se deberá denunciar a la autoridad competente.

Las medidas de apremio de carácter económico no podrán ser cubiertas con recursos públicos.

Las multas se harán efectivas ante la Secretaría de Finanzas del estado.

¿Qué se sancionará?

Se sancionará la falta de respuesta a las solicitudes de información en los plazos señalados; el actuar con negligencia, dolo o mala fe en la clasificación o desclasificación de la información, así como durante la sustanciación de las solicitudes; cuando se incumplan los plazos de atención; por usar, sustraer, divulgar, ocultar, alterar, mutilar, destruir o inutilizar total o parcialmente información bajo su custodia.

Además de entregar información incomprensible, incompleta, en un formato no accesible, una modalidad de envío o de entrega diferente a la solicitada, en los plazos previstos en la ley, por declarar con dolo o negligencia la existencia de información, realizar actos para intimidar a las personas, entre otras acciones.

¿Qué dicen los artículos transitorios?

En los artículos transitorios se señala la abrogación de la Ley de Transparencia actual.

Los derechos laborales de las personas servidoras públicas del Instituto serán respetados en términos de la ley.

Se extinguirá el Infoem. La Secretaría de Finanzas otorgará en un plazo no mayor a cinco días hábiles para nombrar una persona representante legal responsable del proceso de liquidación del Instituto, quien tendrá facultades para actos de administración, dominio, pleito y cobranzas.

Los recursos del Instituto serán transferidos a la Secretaría de la Contraloría dentro de los 20 días hábiles siguientes.

La Secretaría de Finanzas podrá autorizar adecuaciones, ampliaciones y traspasos para el funcionamiento del órgano Transparencia Mexiquense.

Los registros, padrones y sistemas internos y externos del Instituto, así como los sistemas informáticos con registros históricos, documentación, serán transferidos a la Contraloría dentro de los 15 días hábiles siguientes.

FOTOS: ESPECIALES.

Claudia Hidalgo

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